Sin clasificar
Listado de demandas detectadas en diferentes centros de FP que nos han hecho llegar al sindicato:
- En este primer curso de FP Dual, además de las horas establecidas en normativa:
En el primer trimestre: mínimo 3 horas para búsqueda de empresas.
En el segundo y tercero: entre 4 y 8 horas.
Consideramos necesarias 2 horas semanales adicionales para la búsqueda de empresas, ya que esta labor, que debería haber sido realizada por los prospectores, no se ha hecho.
- Consideramos que, lo dispuesto en norma:
- 1 hora de coordinación educativa.
- 1 hora de mejora funcionamiento FP Dual y relación con las empresas.
Dada la complejidad de la FP Dual, ambas horas son claramente insuficientes.
- Reducción de horas de departamento, se cuenta con expertos (catedráticos), ¿y no les damos las horas necesarias para coordinar y ayudar a sus compañeros de departamento?
En secundaria se ha pasado de contabilizar el número de docentes, al número de materias para asignar dichas horas: evidentemente a más docentes, más necesidad de coordinación y ayuda a estos por el Jefe de Departamento.
- Desaparecen las horas de coordinación de proyectos de FP Dual, aprobados por esta Consejería. Solicitamos que las correspondientes horas, sean respetadas a los docentes asignados a dichos proyectos, para permitir su realización.
- Pedimos que se regule la figura del cotutor, responsable del seguimiento en las empresas, y se le asigne compensación por kilometraje y seguro.
- Asegurarnos que todo docente en labores fuera del centro educativo, está cubierto por el seguro.
- Pedimos la realización de unas jornadas online, similares a las realizadas para explicar los currículos educativos y formar al profesorado sobre la nueva FP Dual.
- Falta el aplicativo para el seguimiento de la FP Dual.
- Se han producido y pedimos su corrección, la reducción de horas asignadas a redes y proyectos en los centros.
- ¿Cómo y en qué horas se impartirán las cualificaciones profesionales?
- Demandamos formación para trasladarse a las empresas sobre las ayudas a estas por participar en la FP Dual.
- Pérdida de horas de tutoría en grupos de Formación Profesional. Dichas horas deberían conservarse como horas lectivas y no complementarias.
- Carencia de instrucciones para la elaboración del plan formativo de Formación Profesional Dual.
- Se han suprimido la asignación horaria de los módulos de Integración y Proyecto, ya que no se contemplan en el horario inicial como horas lectivas aunque se exige su asignación al profesorado.
- Que se aplique para el próximo curso la Disposición Adicional Séptima del RD 659/2023 de 18 de Julio, donde se regula la ratio alumnado-profesorado en oferta de grado D y E. En esta disposición las administraciones competentes deberán reducir progresivamente en las distintas ofertas de Formación Profesional preferentemente las que requieran el uso de aulas taller, laboratorios y otros espacios singulares de trabajo como la ratio de alumnado en modalidad presencial. Que se aplique una distribución de la ratio de 20 alumnos/as para los Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado superior.
- Falta de concreción en las acciones a desarrollar por parte del profesorado mientras el alumnado se encuentra en la empresa, lo que produce incertidumbre en el profesorado. A fecha de hoy no existen unas instrucciones definitivas, solo existe un borrador de la resolución de instrucciones de Formación Dual en Empresa.
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APOYAMOS AL PROFESORADO DEL MAJADA MARCIAL (FUERTEVENTURA)
Profesorado del CIFP Majada Marcial se concentra a la puerta del centro, para mostrar su descontento con el inicio de curso en la Formación Profesional, en Canarias, que ha significado un aumento de la carga de trabajo al recortarse horas lectivas que se dedican a la gestión de toda la documentación necesaria para que el alumnado realice prácticas en las empresas.
La implantación de la FP Dual aumenta el número de horas para este cometido, pues existirán prácticas en primer y segundo curso, con mucha menor asignación horaria que en el curso anterior.
Estamos a la espera de los horarios y exigimos que se cumpla la Resolución 50/2024, de 27 de junio de 2024 de organización y funcionamiento que en su anexo IV (Enseñanzas de Formación Profesional y régimen especial) especifica las horas dedicadas a estos fines, para lo cual sería necesario en el centro hasta un docente más por Familia Profesional.
Citamos la Resolución anterior, que en su página 60 expone:
“La nueva FP Dual debe entenderse como un tránsito natural, después de más de 30 años de éxito de la Formación en Centros de Trabajo (FCT), una oportunidad para formar de manera conjunta, centro y empresa, a los futuros y a las futuras profesionales que requiere el mercado laboral.”
Estamos totalmente de acuerdo con lo expuesto anteriormente, pero para ello deben proporcionarnos la carga lectiva que se expone en el Anexo IV, con respecto a las horas complementarias mínimas para tutor y cotutor, como responsables de búsqueda de empresas, y para los ciclos LOM-LOE la carga horaria que se específica en la página 63 de dicha resolución para la FCT según número de alumnos y empresas.
Puerto del Rosario a 11 de septiembre de 2024
https://www.facebook.com/752346624783604/videos/8176138045772642
https://www.youtube.com/watch?v=fddISqk6K1g
La Consejería ha ajustado las ofertas educativas de FP DUAL en los centros en función de la demanda del alumnado. La flexibilidad anunciada por la Consejería ha comenzado, pero casi ningún docente de la plantilla del curso pasado va a dejar de trabajar.
NOVEDADES más importantes:
1.- Todos los horarios son de septiembre a junio, es decir, desaparece la ponderación en TODOS los cursos.
2.- La elección de horarios es la misma de los cursos anteriores. Entre las personas integrantes del departamento de coordinación didáctica, para la elección de turno o la distribución de cada curso, materia, ámbito o módulo, se fijará el orden de mejor derecho, aplicando los criterios de ordenación del personal docente determinados en la normativa vigente. (Disposición adicional quinta. Elección de horario de trabajo. ORDEN de 2 de agosto de 2010)
3.- Las horas lectivas de FCT e Integración pasan a ser complementarias, por lo que, algunas de las horas complementarias pueden ser no presenciales.
4.- Un docente puede ser tutor y/o cotutor de varios grupos.
5.- No hay carga horaria de FCT, ITG, ni Proyecto en Calplan, excepto ciclos Logse.
La postura de INSUCAN, tras analizar las novedades, es que los medios disponibles no son los acordes a las funciones que se solicitan. Es por lo que pensamos que las Condiciones laborales del profesorado van a empeorar. (más Burocracia)
No sabemos cómo va el desarrollo del aplicativo que se utilizará para el seguimiento del alumnado de la FP Dual, al que accederán empresas, alumnado, tutores de empresa y docentes.
Insistimos en nuestras PROPUESTAS:
1.- Realizar las gestiones necesarias utilizando medios presentes en los centros (telefónicos y telemáticos). No medios propios del Profesorado (Vehículos, etc.).
2.- Establecer mecanismos eficaces de control de las empresas colaboradoras para que impartan la parte del currículo que les corresponde y no utilicen al alumnado para desarrollar otro tipo de actividades a conveniencia de la empresa. Hay que tener en cuenta que, a diferencia de la FCT actual, en la Dual, la parte del currículo que corresponde a la empresa no se imparte en el centro educativo por lo que este control es aún más necesario.
IMPORTANTE: El plazo de solicitud de la disponibilidad y modificación de ámbito es a partir del 20 de septiembre de 2024, y hasta el 30 de junio de 2025.
Aquí ponemos unas notas aclaratorias sobre ámbito y disponibilidad que son importantes para aclarar dudas:
- ¿Qué es el ámbito?
El ámbito define las islas donde usted declara que desea trabajar. Además se debe indicar si acepta nombramientos a jornada completa y/o parcial.
- ¿El cambio de ámbito implica un cambio en la disponibilidad?
No, usted puede modificar su ámbito para todas sus listas, pero tenga en cuenta que si se encuentra en estado RETENIDO / NO DISPONIBLE, en listas, deberá solicitar su disponibilidad para poder optar a un nombramiento en su ámbito.
- ¿Qué implican los puestos volantes?
Se entenderá por carácter volante el nombramiento realizado en determinadas plazas en un mismo enclave geográfico, generalmente estas plazas son ofertadas en el cuerpo de maestros. El objetivo de la contratación es cubrir unas plazas que atiendan a las necesidades de apoyo o sustituciones de corta duración que se precisen en los centros de una zona determinada. (la persona contratada tendrá las mismas condiciones retributivas que los puestos no volantes).
- ¿Puedo seleccionar el ámbito de toda la Comunidad de Canarias si pertenezco a una lista del Cuerpo de Primaria de ámbito provincial?
Sí, usted puede seleccionar todo el ámbito comunitario, o parte de él. No obstante si usted está inscrito en alguna lista de ámbito provincial, podrá acceder a una plaza solamente en aquellas islas seleccionadas de la provincia correspondiente a esa lista.
- Plazo para modificación de la disponibilidad y el ámbito.
Tienen de plazo hasta el 30 de junio para poder elegir para los nombramientos diarios, es decir los que comienzan a partir del 1 de septiembre de 2024:
Los componentes de las listas de interinos, para los nombramientos diarios, pueden modificar la disponibilidad, es decir, pueden solicitar la no disponibilidad o solicitar la disponibilidad si estuvieran en situación de no disponible, por los motivos regulados en el artículo 17.1 de la Orden de 9 de agosto de 2021.
ACLARACIÓN: El plazo de solicitud de la disponibilidad es a partir del 20 de septiembre de 2024.
ACLARACIÓN: La no disponibilidad se puede solicitar en cualquier momento, no hay límite de tiempo.
ACLARACIÓN: En la solicitud telemática, el ámbito y la jornada se solicitan conjuntamente, es decir en cada isla se puede solicitar uno de los tres tipos de opciones de jornada (completa, parcial o ambas).
TRIENIOS Y SEXENIOS. DIFERENCIAS Y SIMILITUDES.
- El sexenio es un complemento ligado a la formación del docente, el trienio está ligado a la antigüedad.
- El límite máximo de sexenios que se puede llegar a cobrar es 5 (30 años). En cambio, los trienios no tienen límite.
- El requisito para cobrar un sexenio es tener al menos 100 horas de formación en los 6 años de servicio que dan lugar a ese sexenio.
- Los sexenios se solicitan por medio de sede electrónica, teniendo de plazo para la solicitud hasta el 31 de diciembre del año en que se cumple. En dicha solicitud se debe adjuntar el porfolio de formación y dirigirlo a la Dirección General de Personal.
- Ambos complementos los cobra todo el personal docente (funcionarios de carrera e interinos).
- Se empiezan a cobrar en el mes de enero siguiente al del año en que se cumple dicho sexenio. Se ha pedido por nuestra parte varias veces a la administración que el sexenio se empiece a cobrar en el momento en que se cumpla, así como que el sexenio se pague automáticamente sin necesidad de estar solicitándolo (como el trienio). En el primer caso, la administración ha alegado problemas presupuestarios, y en el segundo caso ha alegado que tendrá que implementar una aplicación informática para ello que todavía no se ha realizado.
- Los sexenios se cobran cuando se está en I.T. aunque en la nómina durante el periodo de dicha I.T. no aparece en el concepto “Sexenio” como cuando se está en situación de activo, sino que aparece abonado bajo el concepto “Prestación IT”. El trienio también se cobra estando en situación de I.T.
TABLA CON EL IMPORTE DE CADA SEXENIO
SEXENIO |
VALOR |
TOTAL ACUMULADO |
PRIMERO |
55 euros |
55 euros |
SEGUNDO |
65 euros |
120 euros (2 sexenios) |
TERCERO |
120 euros |
240 euros (3 sexenios) |
CUARTO |
180 euros |
420 euros (4 sexenios) |
QUINTO |
70 euros |
490 euros (5 sexenios) |
Real Decreto 677/2024, de 16 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.
La nueva publicación de la modificación del Real decreto acarrea una serie de cambios, Desde DOCENTES DE CANARIAS INSUCAN-DCI , mostramos los cambios presentados:
Modificación de Reordenación de Listas de Empleo Docente fruto de oposiciones ordinarias y extraordinarias, según el Decreto Ley 7/2024.
El 12 de agosto de 2024 se publicó el Decreto Ley 7/2024, una normativa que introduce modificaciones clave en la reordenación de las listas de empleo para el nombramiento de personal docente interino en Canarias. Este decreto, enfocado en mejorar la eficiencia y calidad del empleo público, establece nuevas reglas para los procedimientos selectivos ordinarios y extraordinarios, afectando de manera significativa cómo se organizan y actualizan las listas de empleo en el ámbito educativo no universitario.
Diferenciación entre Procedimientos Ordinarios y Extraordinarios
El Decreto Ley establece dos tipos de procedimientos selectivos que se tratan de manera distinta en la promoción dentro de las listas de empleo: los ordinarios (con pruebas eliminatorias) y los extraordinarios (sin pruebas eliminatorias).
Permisos y licencias.
A continuación se presenta la relación de permisos y licencias del personal docente:
[06/08/2024] Resolución N.º 4074 /2024 de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias, por la que se hace pública la adjudicación definitiva de destinos provisionales para el curso 2024/2025, del personal docente no universitario de Funcionarios en Prácticas, Reingresados desde Excedencia, de Otras Administraciones Educativas e Interinos del Cuerpo de Maestros, que presta servicios en centros públicos dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias.
[25/07/2024] Resolución N.º 3769/2024 de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias, por la que se hace pública la adjudicación definitiva de destinos provisionales para el curso 2024/2025, del personal docente no universitario del Cuerpo de Maestros, excepto Funcionarios en Prácticas, Reingresados desde Excedencia, de otras Administraciones Educativas e Interinos, que presta servicios en centros públicos dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Fecha última modificacion: 6 de agosto de 2024.
Fecha de publicación: 25 de julio de 2024.
Para más información, pincha en el siguiente enlace: Adjudicación maestros y maestras.
[07/08/2024] Resolución N.º 4080/2024 de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias, por la que se hace pública la adjudicación definitiva de destinos provisionales para el curso 2024/2025, del personal docente no universitario de Funcionarios en Prácticas, Reingresados desde Excedencia, de otras Administraciones Educativas e Interinos, de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares, Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Escuelas de Idiomas, Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, que presta servicios en centros públicos dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias.
[05/08/2024] Resolución N.º 4051/2024 de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias, por la que se hace pública la adjudicación definitiva de destinos provisionales para el curso 2024/2025, del personal docente no universitario de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares, Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Escuelas de Idiomas, Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, excepto Funcionarios en Prácticas, Reingresados desde Excedencia, de otras Administraciones Educativas e Interinos, que presta servicios en centros públicos dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Fecha última modificación: 7 de agosto de 2024.
Fecha de publicación: 5 de agosto de 2024.
Para más información, pincha en el siguiente enlace: Adjudicación definitiva de secundaria.