"Para la protección en la situación de embarazo se tienen que comunicar a la administración"

Información de la Consejería, con las instrucciones y modelo de comunicación

  1. Comunicar a la Dirección General de Personal mediante Modelo de comunicación de estado de embarazo o período de lactancia natural  

  2. Luego el departamento de Riesgos laborales envía al centro el Anexo I para que sea cumplimentado por la embarazado y con el Visto Bueno del Director.

  3. Una vez recibido el Anexo I por prevención de riesgos laborales, la embarazada es citada por el médico de la empresa que realiza la valoración

  4. El médico de la empresa que realizó la valoración propondrá que el permiso de la gestante comiencen la semana 37 o antes. El permiso desde la 37 semana hasta 

  1. Para tener derecho a la protección de la embarazada regulado por el artículo 26 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), se tiene que comunicar a la administración

 

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