[12/07/2024] Resolución N.º 3473/2024 de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado por la que se procede, con carácter definitivo, a la actualización de las listas de empleo por cuerpos docentes y especialidades.

Fecha de publicación: 12 de julio de 2024.

 

Para más información, pincha en el siguiente enlace: Listas de empleo

  • Termina la vía administrativa, cabe interponer los siguientes recursos:
  • Potestativo de reposición, ante la Dirección General de Personal : plazo 1 mes.
  • Contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente : plazo 2 meses.

 

 

 

 

[08/07/2024] Resolución N.º 3275 / 2024 de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado por la que se actualiza la lista de reserva resultante del proceso selectivo convocado por Orden de 30 de marzo de 2022, así como la lista complementaria resultante del procedimiento selectivo convocado por Resolución de la Dirección General de Personal de 19 de enero de 2023, para la cobertura de las vacantes existentes en la Inspección de Educación de la Comunidad Autónoma de Canarias para el curso 2024/2025.

Fecha de publicación: 8 de julio de 2024. 

Para más información, pincha en el siguiente enlace: Lista de reserva.

 

Desde Docentes de Canarias- Insucan, consideramos que la Administración ha hecho la tarea al revés, primero lanza la noticia que van a existir en todos los centros educativos tanto un profesional de igualdad como de Patrimonio, pero no entendemos primero, que la decisión de adjudicar estos puestos recaiga en manos del Equipo Directivo, sin tener ningunas premisas para valorar. Vemos positivo que la figura de igualdad se extienda, pero deberían ser los agentes zonales los primeros en optar a estos puestos, ya que tienen la formación de años, es ahora el equipo directivo quién elegirá su personal, lo cual es cuanto menos poco lógico.

Respecto a Patrimonio, opinamos lo mismo, primero deben de formarse estas personas, para poder desempeñar estos puestos, ojalá no se conviertan estos puestos en futuros proyectos de necesidad docentes, para que los equipos directivos puedan tener argumento para ofrecerlos con nombre y apellidos, no a la persona con mejor perfil. También deseamos que, si estos puestos se van a convertir en puestos de libre designación, se haga una formación para todo el profesorado, el que esté interesado pueda acceder a dicha formación.

Finalmente, nuestra queja es, que no debe recaer en manos de los Equipos Directivos, la elección del personal que asumirán las distintas coordinaciones y mucho menos sin ningún tipo de premisa.

En otro orden de cosas. Hemos estado presentes en el Consejo Escolar municipal de Santa Cruz de Tenerife.

Entre los puntos más destacasos están; que el absentismo escolar ha sido reducido del curso pasado a este, lo cual es digno de halagar por el gran trabajo que se lleva haciendo todos estos cursos. Por otro lado, se ha comentado el trabajado realizado en cuanto a la organización de campamentos de verano en diferentes centros del municipio, entre otros temas.

Docentes de Canarias-Insucan ha estado recibiendo en los últimos días varias quejas respecto al modo de matriculación del alumnado para el próximo curso. En concreto, un padre nos argumenta que tiene a sus dos hijos en dos centros diferentes, y que mientras en uno le dicen que tiene que realizar la matrícula a través de la web de la Consejería de Educación, en el otro le dicen lo contrario, es decir que no es válida la matriculación vía web y tiene que hacerlo de manera presencial en el centro. Nos parece una incongruencia y una falta de control por parte de la Consejería sobre un mismo trámite que debería ser igual para todos los centros, y sin embargo, parece por la manera en que se gestiona la matriculación en ambos que son dos centros completamente diferentes y no pertenecientes a la misma Consejería, cuando ambos son centros públicos.

La queja de algunos centros, al parecer, es que las matriculaciones que se hacen vía web les llegan con muchos errores y luego tienen que contactar con ese alumnado, con lo que el trabajo de las secretarías de esos centros se incrementa. Entendemos esa postura, pero no por ello hay que obligar a todo el mundo a hacerlo presencial, cuando hay gente que sí lo hace correctamente y no tiene por qué estar guardando filas (a veces de horas) con un montón de papeles que previamente han tenido que imprimir, con el consiguiente gasto de papel y demás trastornos.

Quizá la solución sería la intermedia, es decir, que se oferten las dos modalidades: vía web para quien quiera hacerla y presencial para quien prefiera esta otra. Lo que no puede permitirse son opciones de matriculación presenciales de forma obligatoria cuando la propia Consejería tiene en su web la opción de matriculación on line.

Este tema lo llevaremos a mesa de negociación tan pronto como sea posible. No se puede ofertar una opción de matriculación del siglo XXI en algunos centros y otra desfasada, costosa y de mayor trastorno en otros.

Oto año más vuelve el Colegio Oficial de Biólogos de Canarias, a crear una alarma inncesaria en nuestro profesorado que imparte este especialidad en nuestros centros educativos, argumentando que es necesario colegiarse para impartir docencia, esto es totalmente falso, hemos exigido a la Administración que sean ellos los que aclaren esta alarma social, es un hecho que se repite año tras año llegadas estas fechas de finalización del curso escolar.

Queremos recordarte que presentes los dos documentos que el sindicato ya compartió anteriormente, uno para reclamar tu plaza por estar en fraude de ley, el otro para impugnar el proceso de estabilización. Debemos de uninos para conseguir que las normativas injustas se cambien, la presión social siempre logra que los cambios existan, mejor luchar por las injusticias que no hacer nada.

 

[05/07/2024] Resolución N.º 3203 / 2024 de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias, por la que se hacen públicas las listas definitivas de admitidos, excluidos y renuncias del personal docente del Cuerpo de Maestros, a participar en comisión de servicios en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales para el curso 2024/2025.

Para más información, pincha en el siguiente enlace: Listas definitivas.

Guía de la situación y tramites de los interinos de baja.

Los/as componentes de las listas de empleo (interinos/as) de baja médica participan en la adjudicación de destinos provisionales de cada curso escolar sin limitaciones, pudiendo obtener o no obtener destino dependiendo de su posición en las listas y de las vacantes iniciales existentes.

 

Se dan dos situaciones:

1) Interinos nombrados y de baja el 1 de septiembre.

  1. a) No pueden incorporarse al centro adjudicado por estar de baja médica.
  2. b) Deben comunicar al centro de destino la situación de baja.
  3. c) Le reservan la plaza adjudicada.
  4. d) Nombran para la plaza un sustituto.
  5. e) Debe tramitar, a partir del 1 de septiembre, en la Seguridad Social el cobro de la Prestación por Incapacidad ya que el 31 de agosto termina su contrato con la Consejería.

** Importes del 2024 de la prestación por incapacidad temporal, que es el mismo importe que la cuantía máxima de la prestación contributiva del desempleo  (los docentes cobran los importes máximos de la prestación): sin hijos a cargo es el 175% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), es decir, 1.225 euros. Con un hijo a cargo cobrarás el 200% del IPREM, que son 1.400 euros. Con dos o más hijos, la cuantía máxima será de 1.575 euros.

           f) Cuando tengan el alta médica se incorporan al centro, y cesan a su sustituto. El tiempo de servicio cuenta desde la fecha de toma de posesión, es decir               desde la incorporación.

  •  Para que el tiempo de baja sea cotizado a efecto de jubilación, en el plazo de 15 días hábiles desde el alta médica, tiene que solicitar la prestación de desempleo en el SEPE (Servicio de empleo Público) por los días que ha estado de baja médica.
  •  Enlace para solicitar cita en la seguridad social. Se solicita de forma telemática.
  •  El año pasado, en septiembre, el servicio de seguridad social en la Consejería envió al correo electrónico del docente de baja, el Certificado de empresa que tiene que presentar en la Seguridad Social al solicitar el cobro directo de la Prestación por incapacidad. En años anteriores, el Certificado de empresa, lo enviaba de forma telemática a la Seguridad Social. 
  • Cuando asista a la Seguridad social debe llevar, además del certificado de empresa, el parte inicial de baja, el primer parte de confirmación posterior al 31 de agosto y la cuenta bancaria de domiciliación.

2) Interinos sin nombramiento y de baja el 1 de septiembre o en cualquier momento del curso.

  •  Los interinos de baja no pueden participar en los nombramientos diarios.
  • a) Deben solicitar la "No disponibilidad". Se puede solicitar de forma telemática.
  • b) La "No disponibilidad" se puede solicitar en cualquier momento que se cumplan los requisitos.
  • c) La "Disponibilidad" solo se puede pedir para ser efectiva entre el 22 de septiembre y el 30 de junio de cada curso.

3) La incorporación a los centros adjudicados es el 1 de septiembre, al comienzo de la jornada. O el día que indica el nombramiento diario.

4) Gestiones en la Seguridad social.

a)Se puede gestionar por sede electrónica. Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social).

b)Impresos: Informes y Certificados.

 

  

 

Interinos que terminan el contrato el 30 de junio:

La información es también para los que terminan contrato antes del 30 de junio.

La información tiene tres apartados:

(1) Retribución.

(2) Solicitud del paro.

(3) Para los que están de baja: solicitud de pago directo de la seguridad social.

  1. Retribución

Los interinos que terminan el 30 de junio perciben, además de la retribución del mes y la paga extra que le corresponde, perciben:

El importe de las vacaciones no disfrutadas. En relación al abono de las vacaciones no disfrutadas puede suceder que se abone con la nómina de junio o en la nómina de julio. La correspondencia es 1 día por cada 12 días trabajados (aproximadamente 2,5 días por cada mes).

En relación a la extra del mes de junio, será abonada en la nómina del mes de junio. Tanto si finalizan contrato como si están contratados hasta 31 de agosto.

  1. Solicitud de paro

Los interinos que finalizan contrato tienen derecho a cobrar la prestación de desempleo si tienen cotizado más de un año. (Luego de pasado el plazo del disfrute de sus vacaciones) El procedimiento es el siguiente:

  • Información sobre la prestación por desempleo.
  • El trámite se realiza en la oficina de empleo donde tenga fijada su residencia.
  • El plazo para solicitar la prestación de desempleo es de 15 días hábiles desde que se termina el contrato (las vacaciones no disfrutadas).
  • El plazo comienza a contar el día que termina sus días de vacaciones no disfrutadas, es decir, si se tiene derecho a 20 días de vacaciones, el plazo comienza a contar el 21 de julio.

Para tramitar solicitudes de prestaciones es imprescindible la inscripción previa como demandante de empleo.

  • PRIMERO. Deben inscribirse en el Servicio Canario de Empleo (S.C.E.). Pueden solicitar Cita Previa a través de Internet y también pueden solicitar información telefónica en el 012 ó en 922 239 301 ó 928 219 030.
  • SEGUNDO. Solicitar la prestación por desempleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Pueden solicitar Cita Previa a través de Internet y también pueden solicitarlo al teléfono 901 010 210.
  • PLAZO: Quince días hábiles siguientes a la finalización del período contratado por las vacaciones no disfrutadas.
  • DOCUMENTACIÓN: DNI, Copia del libro de familia y Datos bancarios para la domiciliación del pago. El Certificado de empresa lo remite la Consejería.
  • LUGAR DE SOLICITUD: Oficinas que correspondan al domicilio del solicitante.

Como no se sabe a ciencia cierta el intervalo de resolución del trámite por parte de la administración, se recomienda que vayan a su oficina de empleo después del 17 de julio, para comprobar su situación y así no se les pasa el plazo para solicitar ser demandante de empleo y solicitar la prestación en caso de que así lo requiera.

Interninos de baja el 30 de junio.

Los interinos que al terminar su contrato el 30 de junio pasan a cobrar su prestación por Incapacidad temporal (IT) directamente de la Seguridad Social. El procedimiento es:

Acudir a la seguridad social con el primer parte de baja y el primer parte de confirmación posterior al 1 de julio, con su DNI y sus datos bancarios. Deben solicitar en la oficina de la seguridad social que le corresponda el pago directo de la prestación por Incapacidad temporal (IT).

El médico de cabecera enviará la documentación directamente a la oficina de la SS. Pero debe acudir a la seguridad social para solicitar el pago por (IT) por la incapacidad temporal.

Cobrará el 75% de la base de cotización, pero como máximo es lo mismo que en el paro.

Si le dan el alta médica, deben solicitar el paro en el plazo de 15 días hábiles desde el alta. Y desde que solicitan el paro les debe aparecer en su vida laboral la cotización por días que ha estado de baja médica cobrando de la Seguridad Social. 

Resolución conjunta de la viceconsejería de educación y la viceconsejería de formación profesional : instrucciones de organización  y funcionamiento :24-25.

Para más información, pincha en el siguiente enlace: Instrucciones de organización y funcionamiento.

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[27/06/2024] Resolución N.º 2933/2024 de la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife por la que se nombran los cargos directivos de los centros públicos de enseñanza no universitaria de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

[26/06/2024] Resolución N.º 3487/2024 de la Dirección Territorial de Educación de Las Palmas, por la que se rectifica la Resolución de la Dirección Territorial de Educación de Las Palmas N.º 5959/2023 de 4 de diciembre de 2023 por la que se nombran los cargos directivos de los centros públicos de enseñanza no universitaria de la provincia de Las Palmas.

[04/12/2023] Resolución N.º 5959/2023 de la Dirección Territorial de Educación de Las Palmas por la que se nombran los cargos directivos de los centros públicos de enseñanza no universitaria de la provincia de Las Palmas.

[04/12/2023] Resolución N.º 5821/2023 de la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife por la que se nombran los cargos directivos de los centros públicos de enseñanza no universitaria de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

[03/11/2023] Resolución N.º 4821/2023 de la Dirección Territorial de Educación de Las Palmas, por la que se rectifica la Resolución de la Dirección Territorial de Educación de Las Palmas N.º 3910/2023 de 31 de agosto de 2023 por la que se se nombran los cargos directivos de los centros públicos de enseñanza no universitaria de la provincia de Las Palmas.

[03/11/2023] Resolución N.º 5192/2023 de la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife, por la que se rectifica la Resolución de la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife N.º 3898 / 2023, de 31 de agosto de 2023, por la que se se nombran los cargos directivos de los centros públicos de enseñanza no universitaria de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

[31/08/2023] Resolución N.º 3910/2023 de la Dirección Territorial de Educación de Las Palmas por la que se nombran los cargos directivos de los centros públicos de enseñanza no universitaria de la provincia de Las Palmas.

[31/08/2023] Resolución N.º 3898/2023 de la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife por la que se nombran los cargos directivos de los centros públicos de enseñanza no universitaria de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

  

Fecha de publicación: 31 de agosto de 2023.

Fecha de última modificación: 27 de junio de 2024.

Para más información, pincha en el siguiente enlace: Nombramientos.

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Nombramientos extraordinarios de directores y directoras 2023-2024.

[27/06/2024] Resolución N.º 2932/2024 de la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife por la que se nombra con carácter extraordinario, para el curso escolar 2023-2024, a directores y directoras en centros públicos de enseñanza no universitaria de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

[26/06/2024] Resolución N.º 3486/2024 de la Dirección Territorial de Educación de Las Palmas, por la que se rectifica la Resolución de la Dirección Territorial de Educación de Las Palmas N.º 4772/2023 de 30 de octubre de 2023 por la que se nombran los cargos directivos de los centros públicos de enseñanza no universitaria de la provincia de Las Palmas.

[30/10/2023] Resolución N.º 4772/2023 de la Dirección Territorial de Educación de Las Palmas por la que se nombra con carácter extraordinario, para el curso escolar 2023-2024, a directores y directoras en centros públicos de enseñanza no universitaria de la provincia de Las Palmas.

[30/10/2023] Resolución N.º 5138/2023 de la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife por la que se nombra con carácter extraordinario, para el curso escolar 2023-2024, a directores y directoras en centros públicos de enseñanza no universitaria de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

[13/07/2023]  Resolución N.º 3231/2023 de la Dirección Territorial de Educación de Las Palmas por la que se nombra con carácter extraordinario, para el curso escolar 2023-2024, a directores y directoras en centros públicos de enseñanza no universitaria de la provincia de Las Palmas.

[13/07/2023] Resolución N.º 3491/2023 de la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife por la que se nombra con carácter extraordinario, para el curso escolar 2023-2024, a directores y directoras en centros públicos de enseñanza no universitaria de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Fecha última actualización: 27 de junio de 2024.

Fecha de publicación: 13 de julio de 2023.

Para más información, pincha en el siguiente enlace: Nombramientos.

Solicitud de modificación en la situación de disponibilidad,del ámbito y las preferencias en las listas de empleo para el nombramiento de personal docente interino en el ámbito educativo no universitario de la Comunidad Autónoma de Canarias (de conformidad con el Art. 12 de la Orden de 9 de agosto de 2021 (BOC nº 171, de 20 de agosto).

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/5087

Preguntas frecuentes a aclarar en relación al ámbito, disponibilidad y preferencias.

  • ¿Qué es el ámbito?

El ámbito define las islas donde usted declara que desea trabajar. Además se debe indicar si acepta nombramientos a jornada completa y/o parcial.

  • ¿El cambio de ámbito implica cambio en la disponibilidad?

No, usted puede modificar su ámbito para todas sus listas, pero tenga en cuenta que si se encuentra en estado RETENIDO / NO DISPONIBLE, en listas, deberá solicitar su disponibilidad para poder optar a un nombramiento en su ámbito.

  • ¿Qué implican los puestos volantes?

Se entenderá por carácter volante el nombramiento realizado en determinadas plazas en un mismo enclave geográfico, generalmente estas plazas son ofertadas en el cuerpo de maestros. Están destinadas a cubrir una zona geográfica determinada y el objeto de la contratación es cubrir unas plazas que atiendan a las necesidades de apoyo o sustituciones de corta duración que se precisen en los centros de una zona determinada.( la persona contratada tendrá las mismas condiciones retributivas que los puestos no volantes).

  • ¿Puedo seleccionar el ámbito de toda la Comunidad de Canarias si pertenezco a una lista del Cuerpo de Primaria de ámbito provincial?

Sí, usted puede seleccionar todo el ámbito comunitario, o parte de él. No obstante si usted está inscrito en alguna lista de ámbito provincial, podrá acceder a una plaza solamente en aquellas islas seleccionadas de la provincia correspondiente a esa lista.

  • Plazo para modificación de la disponibilidad y el ámbito.

Tienen de plazo hasta el 30 de junio para poder elegir para los nombramientos diarios, es decir los que comienzan a partir del 1 de septiembre de 2024:

Los componentes de las listas de interinos, para los nombramientos diarios, pueden modificar:

ACLARACIÓN: El plazo de solicitud de la disponibilidad es a partir del 20 de septiembre de 2024.

ACLARACIÓN: La no disponibilidad se puede solicitar en cualquier momento, no hay límite de tiempo.

  • b) El ámbito, es decir seleccionar la isla o islas en que desean poder ser nombrados.
  • c) La jornada, es decir jornada completa, jornada parcial o jornada completa y parcial.

ACLARACIÓN: En la solicitud telemática, el ámbito y la jornada se solicitan conjuntamente, es decir en cada isla se puede solicitar uno de los tres tipos de opciones de jornada (completa; parcial o completa y parcial).

   
   

Formulario de acceso  

   

Normativas otras comunidades  

   
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