(22-ene-23)

Un nuevo sexenio que se cumple a los largo del año 2023 se tiene que solicitar antes de finalizar el año 2023.

Los que cumplieron un nuevo sexenio en 2022, que no lo han solicitado durante el 2022, solicítenlo ahora y pidan que sea con carácter retroactivo desde enero 2022

Web Consejería: Sexenios


 INFORMACIÓN:

  • Un nuevo sexenio se consolidan, es decir se tiene el derecho de comenzar a cobrar, a partir del 1 de enero del año siguiente al que se cumple.

  • El nuevo sexenio se tienen que solicitar antes de finalizar el año.

  • La solicitud es de forma telemática por Sede Electrónica. VER EL ENLACE MÁS ABAJO

  • Se debe adjuntar:

  • Para la consolidación de un nuevo sexenio a partir del 1 de enero de 2023 se tiene que cumplir el requisito de un mínimo de horas certificadas de formación, que puede ser una de las dos siguientes opciones:

  • 100 horas de formación certificadas entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2023.

  • Para la consolidación de un nuevo sexenio en el año 2022 se tiene que cumplir el requisito de un mínimo de horas certificadas de formación, que puede ser una de las dos siguientes opciones:

  • 87 horas de formación certificadas entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2022.

  • 100 horas de formación certificadas en los últimos 6 años, es decir entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2022

  • NOVEDAD Incluimos modelo de declaración jurada para los que completen el mínimo de horas de formación con los cursos ofertados por la Consejería en el periodo NOVIEMBRE-DICIEMBRE 2022 que su certificación no está incluido, de momento, en el porfolio de formación.

  • Acuerdo Sexenios 2017

  • Importe de lo sexenios en el 2022, recogidos en el proyecto de Ley de presupuestos para el 2022: 

Artículo 42.- Complemento por formación permanente, complemento de especial responsabilidad y gratificaciones del personal docente no universitario

  1. 1. En 2022, las cuantías del complemento por formación permanente del personal docente no universitario, que no podrán experimentar incremento durante el año, referidas a doce mensualidades, serán las siguientes:

Sexenios reconocidos

Importe anual 2022

Importe mensual 2022

Importe paga adicional (junio y diciembre) 2022

Importe mensual

2021

Subida mensual 2021a 2022

Importe mensual 2023

Un sexenio

660,00

55,00

42,9

55,00

0

55

Dos sexenios

1.428,00

119,00

92,82

119,00

0

119

Tres sexenios

2.868,00

239,00

186,42

239,00

0

239

Cuatro sexenios

5.028,00

419,00

329,82

383,00

36,00

419

Cinco sexenios

5.868,00

489,00

381,42

453,00

46,00

489

La paga adicional correspondiente a este complemento retributivo se abonará en dos pagas, una en el mes de junio y otra en el mes de diciembre, y la cuantía de cada una se calculará aplicando el 78 por ciento a los importes mensuales del complemento por formación permanente.

El reconocimiento de los nuevos sexenios, que se perfeccionen durante 2021, tendrá efectos económicos desde el 1 de enero de 2022


Complemento por formación permanente del personal docente - Sexenios

Complemento por formación permanente del personal docente - SexeniosResolución de la Dirección General de Personal, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se reconoce de oficio a los funcionarios docentes no universitarios dependientes de la Administración Pública de Canarias, el complemento por formación permanente (sexenios) y se procede, en su caso, al abono de los mismos.

 

ORDEN de 25 de abril de 2018, por la que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, se regulan determinados aspectos del reconocimiento y abono del complemento retributivo por formación permanente del personal docente no universitario, de la gratificación por el ejercicio de la función tutorial de grupos autorizados y por la participación del profesorado en el Plan de Impulso de Lenguas Extranjeras (PILE).

 

[19/12/2018] Resolución nº 5838 / 2018 por la que se corrigen los errores detectados en la Resolución n.º 229/2018, de 29/01/2018, por la que se reconoce de oficio a los funcionarios docentes no universitarios dependientes de la Administración Pública de Canarias, el complemento por formación permanente (sexenios) y se procede en su caso, al abono de los mismos.

[19/12/2018] Resolución nº 5839 / 2018, por la que se reconoce de oficio a determinados funcionarios docentes no universitarios dependientes de la Administración Pública de Canarias, el complemento por formación permanente (sexenios) y se procede, en su caso, al abono de los mismos.

[28/11/2018] Resolución nº 4977 / 2018 por la que se corrigen los errores detectados en la Resolución n.º 229/2018, de 29/01/2018, por la que se reconoce de oficio a los funcionarios docentes no universitarios dependientes de la Administración Pública de Canarias, el complemento por formación permanente (sexenios) y se procede en su caso, al abono de los mismos.

[28/11/2018] Resolución nº 4973 / 2018, por la que se reconoce de oficio a determinados funcionarios docentes no universitarios dependientes de la Administración Pública de Canarias, el complemento por formación permanente (sexenios) y se procede, en su caso, al abono de los mismos.

 

 
 
  • Debe adjuntar el modelo de solicitud de reconocimiento abajo indicado.
 
 
 

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 14.3 el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

Los sistemas de identificación de acceso a la Sede Electrónica son:

  • Ejercicio de derechos para la protección de datos personales.   

     

    En caso de que los datos personales, una vez identificado en la sede, no sean correctos, deberá realizar los pasos siguientes (ambos):

    1.- En caso de usar certificado digital (no Cl@ve), debe revisar si el nombre y los apellidos en los datos del certificado son correctos. Para ello debe mirar las propiedades del certificado que tiene instalado.  Si NO está correcto en el certificado, deberá volver a realizar un certificado nuevo.

    2.- Solicitar el cambio en la base de datos de la sede. Tendrá que remitir un escrito a la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías.

     


 

 

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