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Los periodos de cómputo de las pagas extras hacen que la nómina de los interinos tengan algunas peculiaridades |
A) Cada paga extra (junio y diciembre) es por un periodo de 180 días y cada mes se computa como 30 días B) Pero los periodos de esos 180 se computan de forma distinta según el concepto a. Para sueldo base, trienios y complemento de destino son: i. Paga extra diciembre: desde 1 de Junio a 30 de noviembre ii. Paga extra de junio: desde 1 de diciembre a 30 de mayo b. Para adicional de complemento específico i. Paga extra diciembre: desde 1 de Julio a 31 de diciembre ii. Paga extra de junio: desde 1 de enero a 30 de junio |
En la nómina de junio los interinos tienen dos situaciones: a. Que su contrato termine el 31 de agosto. Aplicación para cálculo de la nómina de junio y agosto i. En la nómina de junio se le abona la paga extra de junio, correspondiente a 6 meses. ii. En la nómina de agosto se le abona la parte proporcional de paga extra de diciembre de 2016, correspondiente a 3 meses. b. Que su contrato termine el 30 de junio: i. Con la nómina de junio (sueldo y extra) se debe haber abona los días de vacaciones no disfrutados y también liquida la parte proporcional de un mes de la paga extra de diciembre 2016 por los conceptos de sueldo base, trienios y complemento de destino. ii. PERO hay caso que con la nómina de junio no abonaron los días de vacaciones no disfrutados y tampoco liquida la parte proporcional de un mes de la paga extra de diciembre 2016 por los conceptos de sueldo base, trienios y complemento de destino. En esta situación lo abonan en julio, a. Aplicación para cálculo de la nómina de junio en contrato a jornada completa b. Aplicación para cálculo de la nómina de junio en contrato a jornada parcial |
1748 28/06/2017 10:42