CONSIDERACIONES TRAS EL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN EN CANARIAS

 

Como primeras consideraciones veamos los datos globales tras la estabilización:

 

 

A la luz de esta tabla resumen se puede observar que para el curso 2025/2026 van a hacer falta 8174 docentes, mas las jubilaciones que existan hasta septiembre de 2025. Haciendo unas estimaciones por encima podemos calcular, por datos de años anteriores, que las jubilaciones podrían estar alrededor de las 600. Con ello, el número de vacantes estará alrededor de 8.700 plazas. Calculando por encima de modo aproximado y siendo restrictivos con las comisiones intercomunitarias por parte de la comunidades autónomas de península, podríamos llevar la cifra de vacantes a cubrir el curso que viene sobre las 9.000 plazas ( las dos últimas cifras son estimativas).

 

Este dato lo que nos dice es que el curso que viene el bloque 1 y parte del bloque 2 no va a ver comprometidas sus posibilidades de seguir trabajando, pero no nos confundamos: eso es pan para hoy y hambre para mañana, ya que sobre las cabezas de todas/os las /os docentes que no se estabilizaron planea la limitación en la contratación de dicho personal mas allá de los tres años (en países de nuestro entorno comunitario esto ya sucede) como establece la LEY 20/2021 de reducción de la interinidad.

Mientras tanto tenemos al Gobierno por un lado y los tribunales por otro sin hacer su trabajo, que no es otro que legislar en el caso de los primeros y los segundos trasponer la directiva europea 1999/70.

Desde DOCENTES DE CANARIAS–INSUCAN estamos emprendiendo acciones a distintos niveles para intentar revertir o paliar esta situación, que supondría un gran drama social en nuestra comunidad. Nuestra organización seguirá explorando con el asesoramiento jurídico del despacho del abogado y profesor universitario Don Gerardo Pérez Sánchez todas las acciones que legislativamente se puedan afrontar.

DOCENTES DE CANARIAS–INSUCAN EN LA LUCHA POR LA FIJEZA DE LOS/AS INTERINOS/AS DE LAS LISTAS DE CANARIAS SIN DISTINCIÓN DE SU PROCEDENCIA.

   
   

Formulario de acceso  

   

Normativas otras comunidades  

   
© Insucan