(05-mar-19)

CONSULTA PÚBLICA PREVIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS.

Proyecto de Decreto de modificación del Decreto 74/2010, 1 de julio, por el que se establece el procedimiento de constitución de listas de empleo para el nombramiento de funcionarios docentes interinos.

La administración justifica la propuesta de modificación en cuatro causas.

En el interior detallamos las planteamientos de DOCENTES DE CANARIAS-INSUCAN (DCI) a cada propuesta de modificación de la administración.

RECORDAMOS que somos los que conseguimos, en el año 2004, en una negociación con el Consejero Ruano, que todos los interinos pudieran insularizarse. Recordamos que, hasta esa fecha, había un grupo, los llamados de Pacto Pleno, que no se podían insularizar.

SEGUIMOS defendiendo el derecho a la insularización por nuestra realidad geográfica, fragmentada, con dificultades de traslado y de alojamiento, y por las diversas realidades familiares y personales.

Consulta pública previa. Información pública

Fecha de inicio: 04/03/2019

Fecha de fin: 19/03/2019



JUSTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA

La propuesta de modificación de la norma se justifica:

 

1º) PROPUESTA  DE GOBIERNO DE CANARIAS: Expreso mandato de la disposición adicional sexagésima séptima de la Ley 7/2018, de 28 de Diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019.

PLANTEAMIENTO DE DOCENTES DE CANARIAS-INSUCAN (DCI): Propuesta recogida en el documento lista 1 y lista 2, donde la lista 1 esté compuesta por los que tengan tengan tiempo de servicio incluyendo a los que superan la fase de oposición y no son seleccionados. Esta lista se mantiene por el orden actual.

 

2º) PROPUESTA  DE GOBIERNO DE CANARIAS: La búsqueda de procedimientos ágiles y eficientes de constitución y/o ampliación de listas de empleo sin que necesariamente hayan de mediar -para poder contar con listas de empleo actualizadas y con un número suficiente de integrantes disponibles para ser nombrados con carácter inmediato-, para la constitución y/o ampliación de listas, procesos selectivos y/o necesidad de realizar pruebas selectivas, para integrarse en las citadas listas. Esto es, que las listas de empleo no tengan que vincularse obligatoriamente a convocatorias de procesos selectivos, si bien, aquellos aspirantes seleccionados sin plaza serán tenidos en cuenta en cuanto al número de orden a ocupar en las listas de empleo

PLANTEAMIENTO DE DOCENTES DE CANARIAS-INSUCAN (DCI): Constitución y ampliación son dos cosas distintas.

CONSTITUCIÓN: Al final de cada año se actualiza las listas 1 y lista 2.

La lista 1 seguirá constituida por los que tienen tiempo de servicio por su orden y en esta lista 1 se incluirán los componentes de la lista 2 que han obtenido nombramiento y los que han superado la fase de oposición colocados detrás de los que ya eran componente de la lista 1.

La lista 2 se reordenará cada vez que haya oposición por la calificación de la oposición y otros méritos. Estará compuesta por todos los que participen en la oposición y no han superado la fase de oposición

 

3º) PROPUESTA  DE GOBIERNO DE CANARIAS: Evitar el elevado número de nombramientos no aceptados para cubrir las vacantes/sustituciones que surgen en los centros públicos docentes debida a la especial cualificación requerida para determinados puestos de trabajo, así como por el tipo de jornada y ámbito de los puestos a cubrir

PLANTEAMIENTO DE DOCENTES DE CANARIAS-INSUCAN (DCI): Que todas las plazas tanto vacantes como sustitución que se tengan que adjudicar a partir de la adjudicación de destinos provisionales (la adjudicación de destinos que se realiza por las peticiones de mayo/junio) se realice por publicación de las plazas en la web y solicitud de los interesados en un plazo de 24 horas y adjudicación de la plaza entre los que la solicitan.

Con esto se acabaría los nombramientos no aceptados.

Si alguien solicita la plaza y no se incorpora sanción colocándolo el último de la lista, si no es por causa de fuerza mayor sobrevenida.

 

4º) PROPUESTA  DE GOBIERNO DE CANARIAS: MODIFICADO Eliminar los ámbitos insulares por su poca efectividad, ya que limitan los nombramientos, frente al ámbito regional, que permitiría mayor disponibilidad de efectivos susceptibles de ser nombrados. La poca efectividad de los ámbitos insulares que limita los nombramientos, frente al ámbito regional, que permitiría mayor disponibilidad de efectivos susceptibles de ser nombrados.

Defendemos el derecho a la insularización, desde el 2004 es para todos los interinos porque lo conseguimos en negociación con el Consejero Ruano.

PLANTEAMIENTO DE DOCENTES DE CANARIAS-INSUCAN (DCI): Con la propuesta del apartado anterior todas las plazas de sustitución se deberían cubrir.

Defendemos el RECONOCIMIENTO a  de los que aceptan nombramientos, por eso es la propuesta de la lista 1 y su integración en ella desde la lista 2 a todo el que acepte un nombramiento. 

En el supuesto de que en alguna especialidad exista problemas para alguna isla podría ser dos alternativas.

UNA "Se podrá contratar entre los inscritos en el Servicio Canario de Empleo"

DOS "Ampliación de lista muy excepcional para islas"

 

 

En definitiva, se pretende conseguir, mediante procedimientos más ágiles, y por ello no vinculados necesariamente a procesos selectivos, el mayor número de efectivos en situación de disponibilidad, para ser nombrados con carácter inmediato en las listas de empleo gestionadas por esta Consejería.

 

 

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