(31-may-19) |
Cobro de las vacaciones |
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Los interinos que acredite cinco meses y medio de servicio efectivo en un mismo curso NO COBRAN julio y agosto porque la ley de presupuesto para el 2019 suspende la aplicación del apartado Cuarto. 2 del "Segundo Protocolo para la Gestión del Profesorado Interino y Sustituto"
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Los interinos que no están nombrados hasta el 31 de agosto, cuando terminan el contrato les amplían el contrato, los que terminan el 30 de junio, a partir del 1 de julio, por los días de vacaciones que les correspondan.
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Los días de vacaciones que les corresponden es un 1 día por cada 12 días trabajado. Los días de vacaciones los puedes realizar en la siguiente aplicación.