(23-jul-22)

16. Presentación de documentación por los aspirantes propuestos como seleccionados.

Web de la Consejería con todo el proceso de las oposiciones 2022

11 aspirantes han sido seleccionados por dos especialidades (tienen que elegir una de las dos, la plaza que dejen se asignará al siguiente aspirante que superó la fase de oposición del mismo tribunal)


16. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN POR LOS ASPIRANTES PROPUESTOS COMO SELECCIONADOS.

Las personas aspirantes que hayan resultado propuestas como seleccionadas, deberán presentar, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a la propuesta efectuada por el Tribunal correspondiente, en formato PDF (un archivo por documento, que incluya todas las páginas del mismo), los documentos que se señalan a continuación, responsabilizándose expresamente de la veracidad de la documentación aportada. No se admitirá la presentación de estos documentos en formato papel.

a) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni de hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

Modelo de Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública

Asimismo, quienes no posean la nacionalidad española deberán presentar una declaración responsable de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

b) Declaración responsable de no estar incurso en ninguno de los motivos de incompatibilidad recogidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Modelo de Declaración jurada de no estar incurso en ninguno de los motivos de incompatibilidad

c) Documento Nacional de Identidad en vigor. Quienes no posean la nacionalidad española deberán presentar el documento oficial en vigor, acreditativo de su residencia en España.

d) Certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales que acredite expresamente que no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, siempre que no haya prestado consentimiento en la solicitud de participación en este procedimiento selectivo o que, habiéndolo prestado, de la comprobación efectuada por la Administración no resulte acreditado el cumplimiento del requisito correspondiente.

Forma de autorizar el acceso al Registro Central de Delincuentes Sexuales

1) Acceder al Portal Docente y de Centros

2) Ir a la pestaña "PROCEDIMIENTOS Y TRÁMITES"

3) Acceder a "Mi expediente Personal"

4) pinchar en "Consulta / modificación de datos personales"

5) Ir al final y elegir "SI" en Consiento el acceso, por parte de la Dirección General de Personal, a mis datos en el Registro Central de delincuentes sexuales.

e) Título exigido para ingreso en el cuerpo correspondiente, o bien del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para su expedición, o certificación académica en la que conste el abono de los derechos de titulación, que debe haberse obtenido con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Cuando la titulación se haya obtenido en el extranjero, deberá adjuntarse la correspondiente homologación o bien credencial de reconocimiento de la titulación alegada.

f) Para la acreditación de la capacidad funcional para el ejercicio de las funciones y tareas docentes:

Conforme a lo que prevé el Decreto 8/2011, de 27 de enero, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, aquellos participantes que aleguen discapacidad deberán acompañar a la solicitud o, en su caso, antes de que se produzca el nombramiento, además de documento de reconocimiento de la misma, informe expedido por el equipo interdisciplinar que se refiere la Ley 16/2019, de 2 de mayo de Servicios Sociales de Canarias que acredite la procedencia de adaptación y compatibilidad con el desempeño de las funciones, en orden a dar cumplimiento a la previsión contenida en el artículo 59.2 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Salvo caso de fuerza mayor, debido a circunstancias acreditadas imprevisibles e inevitables, apreciada por la Administración educativa, si los interesados no presentan la documentación dentro del plazo fijado o, si del examen de la misma se deduce que carecen de alguno de los requisitos, decaerán en todos sus derechos a ser nombrados funcionarios en prácticas, sin perjuicio de la responsabilidad en que puedan haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

 

OTRO DOCUMENTACIÓN QUE TIENEN QUE PRESENTAR

  1. Datos administrativos de gestión:

  2. Medio de presentación: SOLO para estos documentos de gestión administrativa: Por sede electrónica dirigido a la Dirección Territorial donde obtengan el destino para la fase de prácticas

  3. Documentos:

  4. Número de cuenta bancaria de domiciliación de la nómina, en caso de no haberlo presentado anteriormente como interino

  5. Cartilla de la seguridad social, en caso de no haberlo presentado anteriormente como interino

  6. Modelo 145 de retención de IRPF

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