(18-feb-22) |
En el interior información de la mesa del jueves 17 y del viernes 18 de febrero 2022: 4. Preguntaremos sobre la publicación de las listas de empleo por aplicación de la Disposición transitoria segunda. Constitución inicial de las listas de empleo (todas las especialidades) y la aplicación del artículo 5. Procedimiento ordinario: Criterios de ordenación y actualización en las especialidades que tuvieron oposiciones en el 2021 del aOrden de 9 de agosto de 2021. Habían informado que se publicaría la próxima semana |
COMISIÓN TÉCNICA DE LA MESA SECTORIAL – 18 de febrero de 2022
Se convoca esta mesa técnica como continuación de la celebrada el día anterior, ya que no fue posible terminar de abordar todos los puntos del orden del día. Asisten representante de todas las organizaciones sindicales y responsables de la Dirección General de Personal.
En esta mesa se tratarán los dos puntos que quedaron pendientes:
- Información sobre OPE 2021 y Proyecto de OPE 2022.
- Resolución de desarrollo e la Orden de 9 de agosto de 2021 7 de constitución, ordenación, actualización y funcionamiento de las listas de empleo.
- Información sobre OPE 2021 y Proyecto de OPE 2022.
La responsable de la Dirección General de Personal explica que el documento se estructura en tres bloques principales: modificación de la OPE 2021, proyecto de OPE 2022, que incluye las plazas de estabilización descritas en la Ley 20/2021, y procedimiento de acceso al cuerpo de catedráticos.
Se explica el criterio utilizado para elaborar el cómputo de plazas que se van a ofertar en los sistemas de estabilización que, de acuerdo con sus explicaciones, se ajusta a lo recogido en la Ley 20/2021.
DOCENTES DE CANARIAS INSUCAN plantea que, en dicho cómputo de plazas, no se han tenido en cuenta las descritas en la Disposición Adicional Octava de la Ley 20/2021, ya que no aparece ninguna mención a dicha Disposición. La responsable del servicio responde que lo va a plantear a los técnicos informáticos para que aclaren si en el cómputo global ya están contempladas esas plazas.
La modificación de la OPE 2021 (elaborada con las plazas de reposición del año 2020) se hace para ampliar las plazas de maestros que se convocarán este año 2022, con una parte de las plazas de reposición de 2021, correspondientes a la OPE 2022.
DOCENTES DE CANARIAS INSUCAN pedimos que las plazas de reposición de 2021 no se convoquen hasta que se modifique el Real Decreto 276/2007, para que se puedan convocar por el procedimiento de concurso-oposición con pruebas no eliminatorias. Los responsables de la Dirección General de Personal nos contestan que esa es su intención.
En cuanto al procedimiento de acceso al cuerpo de catedráticos, DOCENTES DE CANARIAS INSUCAN pedimos que la consecuencia de este procedimiento no se limite exclusivamente a una mejora salarial de los que adquieran la condición de catedráticos, sino que se vea reflejada en los centros educativos (por ejemplo, en el desempeño de las jefaturas de departamento) y en la mejora real del servicio educativo público.
- Resolución de desarrollo e la Orden de 9 de agosto de 2021 7 de constitución, ordenación, actualización y funcionamiento de las listas de empleo.
En este punto, DOCENTES DE CANARIAS INSUCAN planteamos las siguientes propuestas:
- Que, para los nombramientos diarios, los interinos/as puedan:
- Ordenar las islas del ámbito escogido, para que en caso de nombramiento fuera de su isla de residencia se aplique el orden escogido.
- Ordenar el tipo de plaza: si hay preferencia entre plaza ordinaria o plaza singular.
- Ordenar las especialidades.
- El componente de la lista de empleo que se le asigne una plaza se tendrá que incorporar en el plazo de 24 horas, como la publicación es sobre las 14 horas, la incorporación será a primera hora del segundo día de la comunicación/publicación del nombramiento.
- Que la dirección del centro pueda ampliar un día más la fecha de incorporación por motivos justificados.
- Los efectos económicos y administrativos son desde la fecha de toma de posesión.
- Que la dirección el centro comunique a la mayor brevedad la no incorporación del interino/a, para que se pueda realizar un nuevo nombramiento el mismo día.
- Para el sistema de oferta pública para nombramientos excepcionales (ofertas web), hacemos las siguientes propuestas:
- Podrán participar, además de los componentes de la especialidad correspondiente, los componentes de cualquier otra especialidad, y podrán optar a la plaza ofertada siempre que cumplan con los requisitos de titulación regulados en la ORDEN de 5 de mayo de 2018.
- Que las plazas ofertadas por este procedimiento se adjudiquen y publiquen junto con el procedimiento ordinario de nombramientos diarios del día siguiente a la finalización del plazo de solicitudes.
- Que, en caso de que un aspirante pueda optar a una plaza solicitada por este procedimiento y a otra por el sistema ordinario por su orden de derecho, se le adjudique la plaza solicitada por oferta pública.
- Que si se solicitan varías plazas, el criterio de adjudicación sea el que se aplica para el procedimiento ordinario de nombramientos diarios.
- Que los interinos que soliciten plazas por oferta pública de llamamientos para nombramientos excepcionales puedan renunciar a seguir participando por ella siempre que comuniquen su deseo de desistir antes de las 11:00 del día de la adjudicación mediante el aplicativo al efecto o enviándolo al correo electrónico.
- Pedimos que, por transparencia y rigor, se regule una práctica que ya viene siendo habitual en los nombramientos diarios, que es el procedimiento de nombramientos de plazas de oferta de cobertura mediante llamamiento público telemático, para personas que no son integrantes de ninguna lista de empleo:
- Las plazas no cubiertas en oferta pública de llamamientos para nombramientos excepcionales, serán ofertadas para la cobertura mediante llamamiento público telemático.
- Podrá participar en este procedimiento cualquier persona que cumpla los requisitos de titulación regulados en la ORDEN de 5 de mayo de 2018. Tendrán preferencia los que tengan el requisito de formación pedagógica y didáctica.
- Que el orden de asignación de la plaza sea por orden de registro de la solicitud.
- Que se publiquen en la web de la Consejería todos los nombramientos que se saquen por este procedimiento.
- Quienes sean nombrados por este procedimiento pasarán a integrase en la correspondiente lista de la especialidad, siendo de aplicación la base 14.5 de la ORDEN de 9 de agosto de 2021. Deberán cumplir los requisitos de titulación de la Orden de 5 de mayo de 2018 y, en su caso, tener la formación pedagógica y didáctica.
- En el apartado de Forma, plazos y efectos de las solicitudes de disponibilidad/no disponibilidad, preferencias de ámbitos, jornadas, carácter volante, ejercicio de puestos de carácter singular, DOCENTES DE CANARIAS INSUCAN hacemos las siguientes propuestas:
- Tipo de jornada para cada isla
- Completa. Que de oficio se traslade el orden de islas elegido para la adjudicación de destinos provisionales. Que dicho orden se pueda modificar a partir del día siguiente de la publicación definitiva de la última adjudicación.
- Parcial. Que se pueda elegir un mínimo de horas por isla.
- Completa y Parcial
- Que las plazas a jornada parcial igual o inferior a 9 horas en maestros, y 8 horas en resto de cuerpos salgan por oferta web.
- Que se pueda elegir el mínimo de horas por isla.
- Ámbitos
- Que se puedan ordenar los 88 municipios del archipiélago, y desde que ponga un municipio de una isla se completa todos los municipios de la isla.
- Tener en cuenta la situación de la Graciosa en el municipio de Teguise. Debería aparecer Teguise sin La Graciosa y Teguise con La Graciosa
- Si no se contempla esa propuesta, que se puedan ordenarán las 8 islas, incluida La Graciosa.
- Tipo de plaza.
- No singular
- Que en el ANEXO se incluyan todas las plazas de carácter singular (Orden de 2 de agosto de 2010 y Anexo III de la Resolución de adjudicación).
- Distinguir entre plazas AICLE y plazas PILE.
- Provisión voluntaria
- Que se incluyan en el ANEXO todos los tipos de plaza de provisión voluntaria (Anexo III de la Resolución de adjudicación de destinos provisionales).
- Que en las plazas volantes se indique que son solo para maestros.
- No singular
- Especialidades
- Que se puedan ordenar las especialidades de las que se es titular.
- Que, si no se ha realizado la ordenación, que se traslade de oficio a los nombramientos diarios la ordenación elegida para la adjudicación de destinos provisionales.
- Disponibilidad/No disponibilidad
- Aclarar que para la no disponibilidad no hay limitación de plazos, que se puede solicitar en cualquier momento, y será efectiva en un plazo máximo de 3 días. En el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales el plazo será hasta la finalización del plazo de reclamaciones a la adjudicación provisional.
- Que la disponibilidad sea efectiva en un plazo máximo de 3 días.
- Que las solicitudes de disponibilidad entre el 1 de julio y la finalización de la publicación de las adjudicaciones provisionales de destino sean efectivas el día siguiente a la publicación definitiva de la última adjudicación de destinos provisionales.
- Que para las situaciones de no disponibilidad en una o varias especialidades de las que sea titular, se traslade de oficio lo mismo que se escogió para la adjudicación de destinos provisionales. Que posteriormente lo puedan modificar en los mismos plazos que para la disponibilidad anterior.
Información de la COMISIÓN TÉCNICA DE LA MESA SECTORIAL – 17 DE FEBRERO DE 2022
1. Resolución de Adjudicación 2022/23.
Anexo I con Propuestas de INSUCAN. Bases del procedimiento de adjudicación de destinos provisionales y Comisiones de servicio para el curos 2022-2023
Se inicia la reunión a las 10:00 con la presencia de representantes de todas las organizaciones sindicales, y con la presencia de los responsables de los Servicio de Planificación, Servicio de Gestión y Servicio de Provisión y Selección.
Se aborda, en primer lugar, el debate de la Resolución que regula el procedimiento de Adjudicación de destinos provisionales para el curso 2022-2023.
El documento presenta algunas novedades con respecto al de cursos anteriores, en gran parte derivadas de la modificación de la normativa que regula la constitución y gestión de listas de empleo, como por ejemplo que, en la participación obligatoria, los interinos/as pueden participar voluntariamente por una o varias especialidades de las que se formen parte., pasando a no disponibles en aquellas que no participen.
DOCENTES DE CANARIAS INSUCAN planteamos las siguientes propuestas:
Que en el apartado 3.3, la relación de comisiones de servicio se exprese en el mismo orden en que se adjudican, para evitar confusiones y que sea más claro entender el procedimiento.
Además, pedimos una vez más, que las comisiones de servicio que tienen un componente “humanitario” (salud y acercamiento) se adelanten en el orden de prelación, por delante de las de Necesidades Docentes.
Que los Funcionarios de Carrera suprimidos y desplazados, y los Funcionarios de Carrera sin destino definitivo puedan intercalar entre sus peticiones de ese colectivo las plazas de carácter singular y de provisión voluntaria. Nos confirma la responsable del servicio de que, desde informática le informan que se puede hacer.
Que los interinos/as acogidos a la medida de estabilidad para mayores de 55 años que no obtengan destino por su orden de derecho sino en aplicación de dicha medida, lo puedan hacer por cualquiera de las especialidades para las que esté habilitado/a.
Que en el apartado de PROMECI, en lo referente al sistema de recolocación, se remita a la Base Octava y al ANEXO IV de la Resolución de 2019 que regula el programa PROMECI.
Que las publicaciones de los listados se hagan, además de por colectivo y especialidad, se publiquen también por especialidad y colectivo. Nos confirman que están de acuerdo con la propuesta y que en informática les han dicho que es bastante viable.
Que los integrantes de listas de empleo que obtengan por dos procedimientos puedan renunciar cuando se publiquen los dos listados provisionales de ambos procedimientos.
Pedimos que, para los nombramientos posteriores a la adjudicación, la fecha de referencia para que la duración del contrato sea hasta el 31 de agosto, se alargue hasta el 15 de enero, para tener “de facto” el reconocimiento del Segundo Protocolo para la Gestión del Profesorado Interino de que, quienes alcancen 155 días de nombramiento, tienen derecho a cobrar los meses de julio y agosto. Si no se admitiera, al menos alargarlo hasta el 31 de octubre. Y además, en cuanto a esta cuestión que las plazas de jornada parcial tengan el mismo tratamiento que las de jornada completa, y se les permita cobrar los meses de julio y agosto cuando cumplan los mismos requisitos.
En cuanto al procedimiento de evaluación de la capacidad para el ejercicio de la función docente, nos informan que han cambiado el procedimiento, para agilizarlo, y facilitar que todos los afectados puedan tomar posesión el 1 de septiembre.
En líneas generales, los responsables de la Dirección General de Personal se muestran bastante receptivos a la mayoría de nuestras propuestas, que las estudiarán y las valorarán con los técnicos.
En cuanto al ANEXO II que regula los tipos de comisión de servicio, reiteramos la petición que hemos mantenido desde hace ya bastantes años, de que se supervisen de manera real y efectiva, y se limiten las comisiones de servicio por necesidades docentes, ya que, al no tratarse de un procedimiento de libre y abierta concurrencia, se utilizan en muchas ocasiones como comisiones de acercamiento encubiertas.
En el ANEXO VI, que establece las especialidades de cada ámbito del conocimiento, se introducen dos cambios debido a la aplicación estricta del Decreto de especialidades que se ratificará en normativa básica: del ámbito Científico-Tecnológico se elimina la especialidad de Educación Física, y del Ámbito de Conocimiento Social se excluyen las especialidades de Dibujo y Música. Pedimos que, de manera transitoria, este año se permita prorrogar a quienes hayan estado desempeñando estas plazas de ámbito desde esas especialidades que se van a excluir.
A las 13:00 se decide interrumpir la reunión y continuar mañana viernes 18 de febrero con los dos puntos del orden del día restantes.
ORDEN DEL DÍA:
1. Resolución de Adjudicación 2022/23.
Resolución de Adjudicación del curso 2021-2022 y a los 4 anexos incluidos en la Resolución.
Anexo I con Propuestas de INSUCAN. Bases del procedimiento de adjudicación de destinos provisionales y Comisiones de servicio para el curos 2022-2023
Anexo II. Comisiones de servicio
Anexo III. Puestos de carácter singular y a las plazas de provisión voluntaria
Anexo IV. Municipios PROMECI
Anexo V. Distancia entre municipios para comisiones de acercamiento
Anexo VI. Plazas de ámbito
2. Resolución de Constitución de Listas de Empleo.
Ponemos enlaces a artículos que pueden ser lo que incluirá la Resolución
Constitución inicial de las listas de empleo por bloques.
Procedimiento de ordenación de las listas de empleo por las oposiciones del 2021
Formas, plazos, medios y sistemas de comunicación de modificación de la situación en listas de empleo
Actualización anual de las listas de empleo.
La normativa de normativa de los procedimientos ordinarios de nombramientos diarios, no sabemos si será incluido en la Resolución de adjudicación o en la Resolución de constitución de las listas de empleo
3. Información de OPE 2022.
Como saben con la OPE del 2021 es con la que quieren sacar la Convocatoria de oposiciones del 2022 con las 409 plazas. Esta convocatoria de oposiciones fue rechazada por todos los sindicatos, excepto por el sindicato-academia.
Ahora quieren sacar la OPE del 2022 con la intención de aumentar las 409 plazas de la convocatoria de oposiciones del 2022.
La posición de todos los sindicatos, excepto uno es que, la convocatoria de oposiciones se retrase a que salga la publicación de la modificación del Real Decreto 276/2007 y se aplique el sistema de la disposición transitoria cuarta de acceso sin pruebas eliminatorias, sin prueba práctica en la primera prueba
Comentarios
Comparto lo mismo que se está comentando en este foro. No es momento de oposiciones, es momento de aclarar y tener las cosas claras antes de proceder a la convocatoria de plazas, pues a día de hoy la Consejería ni sabe cuántas personas tiene EN FRAUDE DE LEY en su plantilla, Insucan: ¿NO CREEN QUE LOS SINDICATOS DEBERÍAN PRESIONAR PARA QUE HAGAN CÁLCULOS REALES DEL PERSONAL A ESTABILIZAR?.....
Un saludo y gracias Insucan
23 nombramientos han sido fallidos, es decir los nombraron y no se incorporaron.
No conocemos el número que se ha puesto disponible desde el 22 de septiembre.
Los funcionarios de carrera sin destino definitivo
En el caso del CTA los funcionarios en prácticas concursan con 0 puntos.
de la ULL Don Gerardo Pérez... YO ME PREGUNTO...¿la Consejería vive en un mundo paralelo? ¿NO SABE QUE PRIMERO HAY QUE ESTABILIZAR Y LUEGO CONVOCAR LAS PLAZAS RESTANTES... ? ESPERO QUE LA CONSEJERÍA TENGA SUFICIENTE DINERO PARA INDEMNIZACIONES... PORQUE VAN A TENER QUE SOLTAR BASTANTE MONEY... A VER DE DÓNDE LO VAN A SACAR....
Les ruego, en la medida de lo posible, una respuesta.
Gracias!
* 1 punto por cada año en la especialidad y 0,0833 puntos por cada mes.
* 0,25 por cada año en otras especialidades y 0,0208 puntos por cada mes
Sugiero que se permita a las especialidades de Dibujo, Música y Educación Física participar en la adjudicación de destinos provisionales de puestos singulares CEPA.
Es un atropello que no se permita a estas personas participar cuando sí que se permitió que participasen en el concurso de traslados en puestos singulares. Es una muestra más de que para la Administración hay especialidades de primera y de segunda. Somos docentes igualmente y tenemos derecho a tener las mismas oportunidades. Gracias
El artículo 3.5 de ese real decreto regula la impartición en los CEPA, PMAR.
La disposición adicional novena regula la impartición de la formación profesional básica y el anexo VI regulas las especialidades que pueden impartir Módulo de Comunicación y Sociedad , y los de ciencias aplicadas.
* 0,25 por cada año en otras especialidades y 0,0208 puntos por cada mes.
Luego se introdujo que los que vayan alcanzando 5 años pasan al bloque 1.
Mi duda es la siguiente.
Si realmente quieren ayudar a los interinos ¿por qué quieren aumentar el número de plazas en esta convocatoria con el sistema actual de oposiciones (eliminatorio) y no guardan las plazas para el 2024 que se supone que el sistema de acceso será NO eliminatorio?
¿Quiere la Consejería ayudar realmente a los interinos o quieren ayudar a los sindicatos/academia que salen ganando con esa opción?
Un saludo.
www.youtube.com/watch?v=unN-BOZLeUE
Esta disposición implica que no se puede oferta aquellas plazas de reposición que esté ocupada por este personal. La cuestión es incidir en esta cuestión, pues parece que no hay ninguna garantía que la Consejería lo esté garantizando reservando dichas plazas para ser incluidas en el concurso.
las oposiciones en el 2024. Muchas gracias
Gracias
me uno a la propuesta de la compañera Alba. No deberían subir el número de plazas a estas alturas. Lo mejor es que las guarden para 2024.
Saludos y gracias.
La modificación de una Orden es más larga que una Resolución
Si van a aumentar las plazas,va a haber un efecto llamada tremendo. Como opositora prefiero menos competencia a más plazas. Que dejen las cosas como están que ya ha habido mucho cambio. Tengan empatía.
Por otro lado, se ha dejado claro que el dicho Supuesto práctico será como siempre y no como el del año pasado en Secundaria que no dio tiempo de resolver las cuestiones y la intervención didáctica Gracias