|
BAJA MÉDICA Descuentos de Salario y Distintas situaciones de Ausencias |
|
Ausencia por consulta médica que no dé lugar a la expedición del parte de baja por enfermedad La persona afectada solicitará comprobante de asistencia a la consulta, a los fines de justificar la ausencia o el retraso habidos. No tiene reducción en el salario |
Ausencia como consecuencia de enfermedad o indisposición por un periodo no superior a tres días naturales, y no constituya baja médica. Deberá acreditarla documentalmente mediante la presentación de parte de asistencia a la consulta médica, en el que deberá constar la recomendación de reposo durante los días de ausencia por el facultativo, en su caso. En cualquier caso, a partir de la cuarta ausencia no superior a tres días naturales a lo largo del mismo curso escolar, la Dirección del centro exigirá al docente que presente un informe de la Inspección Médica que justifique tales ausencias. No tiene reducción en el salario |
Ausencia por situación de Incapacidad Temporal (IT), es decir baja médica Se han de justificar en todos los casos con la baja facultativa autorizada -MUFACE o Seguridad Social. El parte de baja deberá presentarse en el centro docente de destino, inexcusablemente. La fecha de inicio del parte de baja deberá coincidir con el primer día de ausencia. No tiene reducción de salario para las situaciones de: |
|
El resto de enfermedades comunes tienen reducción de salario. Importe de la reducción |
|
Ver redacción completa de los artículo 1.2 y 1.7 del Anexo III de la Resolución de 6 de septiembre de 2012, por la que se dictan instrucciones para impulsar durante el curso 2012-2013 el proceso de mejora continua en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias con el fin de elevar las tasas de éxito escolar. |