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Para docentes en Régimen de Seguridad Social (Funcionarios de antiguas Universidades laborales, los laborales y los Interinos) Los Funcionarios de carrera continúan con el sistema del Régimen de MUFACE, que no varía. En vigor desde el 1 de diciembre de 2015 |
Régimen de Seguridad Social | ||||||||||||||||||||||||
Regulado por la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración. |
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Se distinguen cuatro tipos de procesos de incapacidad temporal, según cuál sea su duración estimada: a) Proceso de duración estimada muy corta: inferior a cinco días naturales. b) Proceso de duración estimada corta: de 5 a 30 días naturales. c) Proceso de duración estimada media: de 31 a 60 días naturales. d) Proceso de duración estimada larga: de 61 o más días naturales. A efectos de asignar la duración estimada a cada proceso, el facultativo dispondrá de unas tablas de duración óptima de los distintos procesos patológicos susceptibles de generar incapacidades, así como tablas sobre el grado de incidencia de los mismos en las distintas actividades laborales. Aunque aún no lo han publicado, la Seguridad Social tiene publicado un Manual de tiempos óptimos de Incapacidad Temporal de las distintas enfermedades.
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Expedición de los partes de confirmación de la baja. El parte incial de baja se emite el primer día, no habría que volver al cuarto día para recogerlo como ahora. |
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Régimen de MUFACE | ||||||||||||||||||||||||
Regulado en la Orden PRE 1744/2010, de 30 de junio, arts. 2 a 7 y 11, así como en los anexos, modelos de parte e instrucciones para su cumplimentación: |
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Hay un único modelo oficial de parte médico para las situaciones de IT, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, donde el médico que atiende al mutualista hará constar si es parte inicial (baja), parte de confirmación o parte de alta. El modelo consta de 3 ejemplares: uno para el mutualista, otro para el órgano de personal y un tercero para ser remitido por el órgano de personal a MUFACE. El médico que atiende al mutualista deberá utilizar este parte siempre, con independencia de si la asistencia sanitaria se la presta el Servicio Público de Salud o una Entidad de Seguro Libre. |
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Plazos de presentación de los partes:
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El parte de alta, expedido por el médico que atiende al mutualista, será entregado por éste a su órgano de personal antes de la finalización del día hábil siguiente al de su expedición. |
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Los modelos de parte y de informe médico adicional de ratificación están disponibles en la Web de MUFACE, www.muface.es, en el icono “Descarga de impresos”. |
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