(12-abr-22)

El Consejo de Ministros del 12 de abril de 2022 ha aprobado la modificación el Real Decreto 276/2007, reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, regula dos procesos de estabilización:

UNO: Concurso excepcional de méritos, que regula la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, de plazas ocupadas con carácter temporal con anterioridad al 1/1/2016

DOS: Sistema de ingreso por concurso-oposición, se dirige a plazas ocupadas por personal temporal en los tres años anteriores al 31/12/2020, a las que se añaden las plazas de los procesos de estabilización de las leyes de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y 2018.

La concreción en Canarias deberían ser las plazas aprobadas en mesa sectorial de 24 de febrero de 2022, que son 4.333 plazas de acceso por méritos y 1.389 plazas de acceso sin pruebas eliminatorias

Para las plazas de acceso sin pruebas eliminatorias reclamamos sean mayores a la 1.389 iniciales

Mientras no salga en el BOE la publicación de las modificaciones no podemos hacer una valoración, aunque la primera impresión es el rechazo a la limitación de plazas de acceso sin pruebas eliminatorias



 

 Aprobado el Real Decreto que permitirá la estabilización de empleo temporal en la función docente

12/04/2022

El Gobierno aprueba el Real Dereto que regula el ingreso a la profesión docente
  • El objetivo es pasar del 23% actual en el total de las Administraciones Educativas al 8% en un plazo de tres años
  • Se fijan dos procesos de estabilización, uno ordinario mediante concurso-oposición y otro extraordinario por concurso de méritos

El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy un Real Decreto por el que se modifica el reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes. Su objeto es la adaptación, al ámbito docente, de lo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal a fin de lograr el objetivo de reducir la tasa de cobertura temporal en este ámbito por debajo del 8%. La tasa de temporalidad de funcionarios docentes se sitúa en la actualidad en torno al 23%.

La mencionada Ley BOE regula dos procesos de estabilización. El primero, mediante un sistema de ingreso por concurso-oposición, se dirige a plazas ocupadas por personal temporal en los tres años anteriores al 31/12/2020, a las que se añaden las plazas de los procesos de estabilización de las leyes de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y 2018. Y un segundo, mediante concurso excepcional de méritos, que regula la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, de plazas ocupadas con carácter temporal con anterioridad al 1/1/2016.

Para el proceso de estabilización ordinario (concurso-oposición), la fase de oposición constará de una única prueba en dos partes no eliminatorias. La parte A consiste en el desarrollo de un tema. La parte B (aptitud pedagógica) consiste en la presentación de una unidad didáctica de la especialidad. También habrá una prueba práctica obligatoria para especialidades de FP, y a elección de las Administraciones educativas para las restantes especialidades. La calificación final de ambas partes A y B debe ser de al menos 5 sobre 10. La calificación final de esta fase de oposición ponderará un 60% en la puntuación final del concurso-oposición. La fase de concurso, con un máximo de 10 puntos, ponderará un 40% en la puntuación final del concurso oposición: experiencia docente (máx. 7 puntos, primándose la experiencia en la misma especialidad a la que se opta); formación académica (máx. 2 puntos) y otros méritos (máx. 1 punto), (dentro de otros méritos se valorará haber superado la fase de oposición en la misma especialidad en procesos selectivos anteriores, y se incluye la formación permanente también).

Para el proceso de estabilización extraordinario (solo mediante concurso de méritos excepcional por una sola vez), la puntuación máxima será de 15 puntos repartidos en tres bloques: experiencia docente (máx. 7 puntos, primándose la experiencia en la misma especialidad a la que se opta); formación académica (máx. 3 puntos) y otros méritos (máx. 5 puntos, donde se valorará superar la fase de oposición en la misma especialidad a la que se opta en anteriores procesos selectivos, y también la formación permanente). Este proceso, de acuerdo con el dictamen del Consejo de Estado, solo será aplicable a la estabilización de plazas ocupadas por personal interino, sin que afecte a las de reposición o nueva creación.


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Comentarios  

# los viejos apestanAntonio José Pérez 11-07-2022 11:39
Les escribo para que me expliquen, porque el trabajo de las personas que tienen más de 50 años es una mierda, según el gobierno, pues solamente vale el trabajo realizado desde una fecha determinada, es que no tenían que estar el las aulas, las personas que llevan hasta 20 años o más trabajando. que esos putos viejos/as nos joden el chiringuito, según la administración. Y a igual trabajo igual reconocimiento y sueldo, o no. Se trabaja para la administración de educación, y la especialidad es por la que nombra la Consejería, pero realizamos el trabajo con la misma cualificación profesional. Resulta que una persona que ha trabajado para la Administración de educación, 20 años en distintas especialidades, tiene menos puntuación que otra que ha trabajado 5 en la misma, aberrante es poco, y no sigo porque me da un infarto, gracias por atenderme.
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# Concurrencia al concurso-oposición por personas no interinasCarlos 07-07-2022 17:50
Buenas tardes.

¿Al proceso de concurso-oposición podrán presentarse las personas que no sean interinas?

Un saludo y muchas gracias por su atención.
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# CONCURSO DE MÉRITOSSidney 15-04-2022 11:26
Buenos días. En el concurso de méritos, el tiempo de servicio que se compute será el que se tenga en el momento de la convocatoria o a 1 de enero de 2016? ¿Y la formación académica hasta que fecha se computará? Muchas gracias. Saludos.
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# se conocerá con la convocatoriaJA 15-04-2022 21:10
..
Responder
# Reducir el impactoAna Rodríguez 13-04-2022 17:45
Existe posibilidad que los 2.5 puntos otorgados por aprobar oposiciones posteriores a 2012 se hiciera por tramo como se hizo para la formación de las listas de empleo. Por ejemplo.
Un 10 oposición: 2.5 puntos
Entre 8 y 9: 2 puntos
Entre 7 y 8: 1 punto
Entre 5 y 6: 0.5 puntos.
Por otro lado, ¿sería posible hacerlo con la la experiencia?
Experiencia en la especialidad en Canarias: 0.7 por año.
Experiencia en la especialidad en otra comunidad: 0.4 por año
Etc.

Me pregunto si es posible tomar algún tipo de medida eficaz que reduzca el impacto que va a suponer el concurso de traslado encubierto de funcionarios de carrera y de interinos que no se han comprometido con la educación canaria.
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# La modificación del RD 276/2007 ya salió publicada en el BOEJA 13-04-2022 23:47
En 1982 hubo un acceso transitorio de acceso
De 1991 a 1993 hubo un sistema transitorio de acceso
de 2007 a 2010 hubo un sistema transitorio de acceso
De 2023 a 2024 se aplicará un nuevo sistema transitorio de acceso
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# Puntos por plazaAndres 13-04-2022 15:50
Buenas tardes. Ustedes que suelen acertar en casi todo y que realizan estimaciones muy detalladas de todos los procedimientos...podrían estimar con que puntuación se estima que se concedan cada las plazas en las distintas especialidades en función de las listas actuales?. Por ejemplo, en ed. Infantil se aproxima que con 12 puntos, etc. Muchas gracias
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# Desconocemos los puntos de cada interinosJA 13-04-2022 17:05
Pero si hemos estimado que si solo se valorase la experiencia en la especialidad en la comunidad correspondiente.
La casi totalidad de los actuales componentes del Bloque 1 accederían por concurso de méritos si solicitan la especialidad por la que han sido nombrados en este curso
docentesdecanarias.org/.../...

En Infantil estimamos entre 332 y 386 plazas, y los interinos del Bloque 1 nombrados por infantil han sido 409 de los 582 componentes
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# DudaInterina 13-04-2022 14:43
Buenas tardes, aún me queda una duda. Cualquiera que sea integrante de esa lista de empleo puede presentarse por concurso (primera opción) aunque no haya empezado a trabajar antes de 2016?
Un saludo
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# No hay límite para presentarseJA 13-04-2022 17:00
...
Responder
# DesastreAntonio 13-04-2022 14:07
Además no se podrá diferenciar experiencia por Comunidad. Pero qué broma macabra es ésta. A muchos nos quieren y nos quedaremos fuera, y sin plazas para ocupar como interinos.
Responder
# Estamos a favor del acceso por concurso, y también al acceso sin pruebas eliminatoriasJA 13-04-2022 14:14
Deberían sacar más plazas por acceso por méritos.
Deberían sacar más plazas de acceso sin pruebas eliminatorias
Debería ser la experiencia en la correspondiente comunidad
Responder
# ActualidadDulce 13-04-2022 12:36
Buenos días compañeros. Después de ver lo aprobado ayer, me surgen muchas dudas y desasosiego. No creo que lo previsto pueda ayudar a estabilizar a las personas que han trabajado curso tras curso en esta Comunidad. Nos vamos a quedar muchos fuera después de años de trabajo, aunque no veo a las personas ni sindicatos preocupados, llevo muchos años perteneciendo a este Sindicato y me gustaría que claramente dijeran que opciones reales tenemos y que otras actuaciones, puesto que tras 20 años de ejercicio profesional sería muy duro quedar en la calle y sin perspectivas. Gracias
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# ¿te parece mal que exista un acceso por concurso y qeu exista oposiciones sin pruebas elilinatorias y sin fase práctica?JA 13-04-2022 14:10
.....
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# RespuestaDulce 13-04-2022 15:15
Creo que en ningún momento he dicho eso. Lo que no veo es que todos los que llevan años trabajando se puedan estabilizar.
Responder
# ProcesosDulce 13-04-2022 15:12
Creo que en ningún momento he dicho eso. Lo que no veo es que todos los que llevamos años trabajando puedan ser estabilizados
Responder
# mtruram@gmail.comInterino80 13-04-2022 11:17
Me sumo a la pregunta anterior ahora que ha salido y especifica que sólo procesos selectivos 2012 en adelante.
¿A qué se debe, los de 2008 o 2010 por ejemplo valen menos?
¿Qué proceso he de seguir para "luchar" que los mios también cuenten?
Gracias y saludos
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# No se debería valorar la superación de la fase de oposición a los no seleccionadosJA 13-04-2022 14:09
....
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# IncredulidadAntonio 13-04-2022 08:23
Buenos días, después de ver las filtraciones del documento, pues serán las opos aprobadas a partir del 2012 las que cuentan. Es increíble que para estabilizar a los que llevan trabajando muchos años, ese mérito suponga menos de la mitad del baremo.Ha quedado muy claro,no les interesan las personas.Tres procesos diferentes conviviendo juntos, y ?me van a permitir poder elegir o presentarme a todos? Pues parece que no.
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# Oposiciones anteriores 2010Andreu 13-04-2022 15:59
Entre 2007 y 2011 hubo un sistema transitorio de oposiciones en las que no había pruebas eliminatorias y nota única. Por eso no valoran los aprobados sin plaza de esos años.
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# No se debería valorar la superación de la fase de oposición a los no seleccionadosJA 13-04-2022 14:08
...
Responder
# ¿Están a favor de de las 3 vías o no?Interina 12-04-2022 23:46
Buenas noches, Insucan. ¿Cómo ven la aprobación del Real Decreto aprobado hoy por el Consejo de ministros? ¿A quién favorece?. Si un interino no consigue estabilizarse en su especialidad con más de 9 años ¿tendría que presentarse al concurso- oposición no eliminatorio? Saludos y gracias por su aportación.
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# Estamos a favor del acceso por concurso, y también al acceso sin pruebas eliminatoriasJA 13-04-2022 14:06
Deberían sacar más plazas por acceso por méritos.
Deberían sacar más plazas de acceso sin pruebas eliminatorias
Debería ser la experiencia en la correspondiente comunidad
Responder
# InsularidadOlga 12-04-2022 21:28
Seguirá vigente lo de la insularidad?
Responder
# La modificación del RD 276/2007 no afecta a la Orden de listas de empleo de 9 de agosto de 2021JA 13-04-2022 14:03
La modificación del RD 276/2007 no afecta a la Orden de listas de empleo de 9 de agosto de 2021
www.gobiernodecanarias.org/libroazul/pdf/78900.pdf
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# CONCURSO DE MÉRITOSSidney 12-04-2022 15:50
Buenas Insucan. Me gustaría que me aclararan lo siguiente: ¿Se tendrá en cuenta haber aprobado la fase de oposición en la misma especialidad en procesos selectivos ANTERIORES a 2012? Muchas gracias, saludos.
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# Oposiciones aprobadas antes del 2012Persona interina 13-04-2022 09:29
Buenas. Un concurso de méritos, donde se quiere estabilizar personal considerando la antigüedad, que no tenga en cuenta las oposiciones de la misma especialidad aprobadas antes del 2012 es como ir en contra de lo que se promueve.
Por otro lado opino que no es justo obviar el esfuerzo que se ha realizado y lo logros obtenidos en oposiciones anteriores, ya que las personas con el paso de los años no son las mismas, y las circunstancias vitales van variando.
Ojalá se tome en cuenta las oposiciones aprobadas antes del 2012.
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# De AcuerdoPedro Vera 28-04-2022 10:34
Totalmente de acuerdo con tu apreciación.
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# Desde 2012 inclusive.Su 13-04-2022 08:10
Ya está más que filtrado y se conoce que hacen la criba por especialidades y oposiciones a partir de 2012.
El que más ha trabajado es el más perjudicado.
Felicidades!
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# Habrá que esperar a la publicación en el BOEJA 12-04-2022 18:45
....
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