19-oct-19

Se espera que en la nómina de octubre se abonen dichos conceptos.

Si algún docente que haya sido coordinador TIC, PRL o de Convivencia desde enero de 2019, no recibe dicho complemento, recomendamos que contacte con la directiva de su centro (o del centro en el que estuvo durante esos meses del curso pasado), para confirmar que desde el centro se envió el certificado a la Dirección General de Personal. Si le confirmaran que enviaron el certificado, pueden dirigir instancia a la DGP reclamando el abono de dicho importe.

El cobro por el desempeño de las funciones de coordinador de TIC, Prevención de riesgos laborales y Convivencia, está regulado por la Orden de 25 de junio de 2019. En dicha Orden se establece que el cobro del importe correspondiente a dichos complementos tiene efecto desde el 1 DE ENERO DE 2019, y durante los meses de actividades lectivas.

Al salir publicada la Orden a finales de junio, y finalizar las actividades en los centros educativos, el importe correspondiente a los meses de enero a junio no se pudo abonar.

Según nos informó la Dirección General de Personal, con el inicio del curso, los centros han ido emitiendo los certificados del desempeño de dichas funciones correspondientes a los meses de enero a junio de 2019.

Se espera que en la nómina de octubre se abonen dichos conceptos. Si algún docente que haya sido coordinador TIC, PRL o de Convivencia desde enero de 2019, no recibe dicho complemento, recomendamos que contacte con la directiva de su centro (o del centro en el que estuvo durante esos meses del curso pasado), para confirmar que desde el centro se envió el certificado a la Dirección General de Personal. Si le confirmaran que enviaron el certificado, pueden dirigir instancia a la DGP reclamando el abono de dicho importe.

Para quienes estén desempeñando estas funciones desde el mes de septiembre, recordar que estos complementos, (así como los de TUTORÍA y AICLE/PILE), se abonan A MES VENCIDO: la de septiembre se cobra en le nómina de octubre (final de octubre); etc.

 

Escribir un comentario


Código de seguridad
Refescar

   
© Insucan