Actualizado (14-ene-21) |
% Retención IRPF de los interinos. Para los interinos que no quieran tener grandes diferencia entre lo cobrado entre enero a agosto, y lo cobrado entre septiembre a diciembre, recomendamos que soliciten una subida del % de retención entre un 3,5% y 4% sobre lo que le retengan en enero de 2020. |
A los interinos, al solo contabilizarles lo que cobrarán desde enero a agosto (o junio), el % de retención de IRPF es inferior a si se contabilizase desde enero a diciembre, es decir todo el año completo.
Por ese motivo, la retención de enero a agosto es inferior (entre un 3% y un 4%) a si se le contabilizase de enero a diciembre.
Si por el año completo le corresponde un 18% de retención, y de enero a agosto le retienen un 14%, (es decir, un 4% menos en 8 meses), luego de septiembre a diciembre, para compensar lo retenido de menos, les retienen un 26%, es decir un 8% más en 4 meses.
ACLARAR que el total de lo retenido en el año natural será lo mismo. Pero lo que hay es una gran diferencia entre lo que se cobra neto, entre enero y agosto, y lo que se cobra neto de septiembre a diciembre.
# La Instancia general para empleados públicos sirve para solicitarlo. Debe dirigirse a la Dirección Territorial correspondiente.
# Para los que no han notificado la modificación de la situación familiar, deben presentar el Modelo 145.
# En nuestra aplicación de cálculo del importe de la nómina 2021, en la celda E52 y E53 sale la estimación del % de retención del IRPF anual de jornada completa de interinos
Retención IRPF interinos. En enero se la bajan, en septiembre se la suben
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En enero a los interinos, la Consejería de oficio les baja el % de retención a cuenta del IRPF ya que para el cómputo anual del sueldo sólo le cuentan hasta la finalización del contrato. La consecuencia es que luego, al ser contratados en el siguiente curso a partir del 1 de septiembre, para compensar lo retenido de menos les suben el % de retención de forma importante. |
# En nuestra aplicación de cálculo del importe de la nómina 2020, en la pestaña IRPF año completo pueden ver la estimación anual del % de retención del IRPF | |
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