(19-oct-20)

Edad de jubilación forzosa.

Jubilación Interinos y funcionarios de carrera de oposiciones posteriores al 1 de enero de 2011.

Edad de jubilación forzosa.

Nacidos entre:

Periodo cotizado menor de:

Edad jubilación Forzosa

Jubilación forzosa con 65 años.

1 mayo 1954 y 28 febrero 1955

37 años

65 años y 10 meses

Para cada tramo de edad, teniendo lo cotizado más tiempo que el que se indica en la columna de la izquierda de los periodos de cotización, la edad de jubilación forzosa es 65 años.

1 marzo 1955 y 31 diciembre 1955

37 años y 3 meses

66 años

1 enero 1956 y 31 octubre 1956

37 años y 6 meses

66 años y 2 meses

1 noviembre 1956 y 31 agosto 1957

37 años y 9 meses

66 años y 4 meses

1 septiembre 1957 y 31 junio 1958

38 años

66 años y 6 meses

1 julio 1958 y 30 abril 1959

38 años y 3 meses

66 años y 8 meses

1 mayo 1959 y 29 febrero 1960

38 años y 3 meses

66 años y 10 meses

A partir del 1 marzo 1960

38 años y 6 meses

67 años

** La jubilación anticipada solo podría ser 2 años antes de la fecha de la jubilación forzosa que le corresponda y tiene el requisito que se debe tener al menos 35 años cotizados, y tiene penalización de un 2% trimestral.

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