(02-sep-20) |
Evaluación de los docentes que se encuentran dentro de alguno de los colectivos clasificados como grupos vulnerables frente a la exposición al COVID-19, que: a) No lo haya enviado con anterioridad. b) Trabajadores/as de nueva incorporación. c) Por causa sobrevenida. d) Aquellos/as que padezcan alguna de las nuevas patologías incluidas por el Ministerio de Sanidad (obesidad mórbida (IMC>40), insuficiencia renal crónica y enfermedad hepática crónica severa). DEBEN COMUNICARLO AL CENTRO DE DESTINO PARA QUE ESTE LO REMITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL PARA QUE SEAN CITADOS PARA SU EVALUACIÓN POR PARTE DEL SERVICIO DE RIESGOS LABORALES |
Instrucciones a los centros para la incorporación el 1 de septiembre de 2020:
SEGUNDO.- De acuerdo con lo establecido en el Procedimiento de Actuación para los Servicio de Riesgos Laborales frente a la Exposición al COVID-19, el Servicio Prevención de Riesgos Laborales de Educación (SPRLE), debe evaluar la presencia de personal trabajador vulnerable en relación con la infección de coronavirus SARS-CoV-2, establecer la naturaleza de especial sensibilidad de los/as trabajadores/as y emitir informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección.
Para agilizar la citada evaluación por parte del SPRLE, es imprescindible que el personal docente remita el Anexo 1 (que actualmente sustituye al cuestionario utilizado, se adjunta), siempre que se encuentren dentro de alguno de los colectivos clasificados como grupos vulnerables por el Ministerio de Sanidad, y cumplan alguna de las siguientes condiciones:
a) No lo haya enviado con anterioridad.
b) Trabajadores/as de nueva incorporación.
c) Por causa sobrevenida.
d) Aquellos/as que padezcan alguna de las nuevas patologías incluidas por el Ministerio de Sanidad (obesidad mórbida (IMC>40), insuficiencia renal crónica y enfermedad hepática crónica severa).
Si no se encuentra incluido en alguno de los colectivos clasificados como grupos vulnerables por el Ministerio de Sanidad, NO remita la información.
El servicio de prevención contratado para realizar la evaluación de los docentes los ha clasificado en la casi totalidad a los docentes pertenecientes a los colectivos de riesgos y que tienen las patologías controladas o están sin patologías, como:
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El texto de lo que están recibiendo es: "Trabajador sensible, puede permanecer en su puesto de trabajo habitual manteniedo las medidas de seguridad y protección generales recomendadas por el ministerio de Sanidad."
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NR1 (Nivel de riesgo 1): No precisa ni adaptación ni cambio de puesto, permanece en su actividad laboral habitual.
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En unos 40 casos, de todos los evaluados, se proponen para cambios de puesto de trabajo, que terminarán en baja (personas inmunocomprometidas, cáncer, trasplante,...).
El “Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-COV-2)”, elaborado por el Ministerio de Sanidad, señala como colectivos de riesgo a personas con:
• Diabetes.
• Enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión.
• Enfermedad pulmonar crónica.
• Inmunodeficiencia.
• Cáncer en fase de tratamiento activo.
• Insuficiencia renal crónica.
• Enfermedad hepática crónica severa.
• Obesidad mórbida (IMC>40).
Personas en situación de:
• Embarazo.
• Mayores de 60 años