Bajas por enfermedad (IT-Incapacidad Temporal) |
Funcionarios de carrera o interinos en situación de incapacidad temporal A este colectivola Comunidad Autónomade Canarias le complementará la prestación hasta el cien por cien de sus haberes durante los tres primeros meses en situación de incapacidad temporal. A partir del tercer mesla Comunidad Autónomales abonará únicamente la prestación que corresponda según el Régimen de Previsión Social al que pertenezcan:
En ambos casos,al tercer mesen situación de incapacidad temporal, verán disminuidas de forma automática sus ingresos mensuales. Sin embargo, podrán solicitar a la inspección General de Servicios la ampliación del periodo de la prestación complementaria del subsidio por incapacidad temporal, solicitud que será valorada por una comisión creada al efecto en los términos establecidos en el Decreto 35/2010, de 31 de marzo,(BOCnº70 de 12/04/2010).
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