RETRIBUCIÓN
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Los interinos que terminan el 30 de junio perciben, además de la retribución del mes y la paga extra que le corresponde, perciben:
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El importe de las vacaciones no disfrutadas. Pueden que la abonen con la nómina de junio o en la nómina de julio. Contratan 1 día por cada 12 días trabajados (aproximadamente 2,5 días por cada mes) Aquí puedes calcular los días de vacaciones
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La extra del mes de junio que se percibe en diciembre, pero que al terminar contrato se percibe en junio.
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El importe por los días de vacaciones pueden calcularlo en la aplicación de cálculo personalizado de nómina
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PARO
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Los interinos al terminar su contrato tienen derecho a cobrar la prestación de desempleo si tienen cotizado más de un año. El procedimiento es:
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Información sobre la prestación por desempleo
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El trámite se realiza en la correspondiente oficina de empleo
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El plazo para solicitar la prestación de desempleo es de 15 días hábiles desde que se termina el contrato (las vacaciones no disfrutadas).
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El plazo comienza a contar el día que termina sus días de vacaciones no disfrutadas, es decir, si se tiene derecho a 20 días de vacaciones, el plazo comienza a contar el 21 de de julio.
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Como no tenemos certeza de que todo el proceso se haya realizado correctamente, recomendamos aque vayan a su oficina de empleo lo más tarde el 17 de julio, para comprobar su situación y así no se les pasa el plazo para solicitar el paro en el caso de algún error en el proceso.
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INTERINOS DE BAJA EL 30 DE JUNIO
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Los interinos que al terminar su contrato el 30 de junio pasan a cobrar su prestación por Incapacidad temporal (IT) directamente de la Seguridad Social. El procedimiento es:
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Acudir a la seguridad social con el primer parte de baja y el primer parte de confirmación posterior al 1 de julio, con su DNI y sus datos bancarios. Deben solicitar en la oficina de la seguridad social que le corresponda el pago directo de la prestación por Incapacidad temporal (IT)
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Cobrará el 75% de la base de cotización, pero como máximo es lo mismo que en el paro.
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Si le dan el alta médica, deben solicitar el paro en el plazo de 15 días hábiles desde el alta.
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