LA POSTURA DE INSUCAN

No se opone a la suspensión de los procesos de estabilización hasta que se dicten instrucciones sobre cómo proceder en atención a la sentencia del TJUE, INSUCAN pide  una suspensión CAUTELAR  de las mismas, otras organizaciones sindicales piden la total, nosotros nos planteamos estas preguntas : ¿Dónde irían esas plazas del proceso de estabilización?.¿Al concurso ordinario?.Insucan SIEMPRE REIVINDICARÁ EN BENEFICIO DE NUESTRA GENTE.

 

Entendemos que existe una realidad brutal y cruel, dura, despiadada, con múltiples aristas en relación a la utilización abusiva de los nombramientos temporales que se vienen realizando en todos los sectores públicos y, en lo que nos importa, en el de los docentes no universitarios y que ha llegado a tal extremo que Europa se ha visto obligada a intervenir obligando a España para que adoptase medidas para reducir el uso abusivo de la contratación temporal que viene realizando fijando, entre otras, un porcentaje máximo de interinidad, el 8%.

El escenario descrito ha de completarse con la importante incidencia que la Directiva 1999/70 CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, ha tenido y tiene en el ordenamiento jurídico español, así como en la evolución de la jurisprudencia.

En España, el poder legislativo procedió, previa intimación del ejecutivo con el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, a dictar con igual título la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, ejecutando las distintas administraciones (poder ejecutivo) las OPE y tramitándose las convocatorias para la estabilización de plazas.

Mientras el poder judicial, ante la avalancha de demandas reclamando la fijeza (condición de laboral fijo o funcionario de carrera según el vínculo), en atención a la realidad social y la normativa española y europea, ha planteado distintas cuestiones prejudiciales ante el TJUE, fruto de la cual se dictó el pasado jueves 22 de febrero de 2024 la Sentencia en los asuntos acumulados C‑59/22, C‑110/22 y C‑159/22.

INSUCAN se congratula con la contundencia, precisión y claridad con que se pronuncia el TJUE a la hora de abordar el problema del uso abusivo y fraudulento de la contratación temporal que las administraciones públicas vienen realizando. LA SENTENCIA DEL TJUE NO NOS HACE FIJOS, pero ordena dicha medida si no existiera otra prevista por el estado.

Ante las dudas que surgen, hacemos las siguientes puntualizaciones:

1. La TJUE resuelve las cuestiones prejudiciales planteadas por órganos de la jurisdicción social en relación a contratos laborales abusivos realizados por administraciones públicas.

2. Consecuencia de ello, no resulta de aplicación directa a los docentes no universitarios que prestan servicios para administraciones educativas dado su vínculo funcionarial y no laboral, no habiéndose pronunciado aún en estos términos si bien la fundamentación no puede ser radicalmente diferente. Por ello, no puede extrapolarse la TJUE de forma plena, si bien participa de las mismas premisas y normativa europea vulnerada.

3. La TJUE expresa que los pasos dados por los poderes legislativo y ejecutivo han sido inútiles y no disuasorias para evitar el uso abusivo y fraudulento de las contrataciones temporales en el sector público, debiendo ser el poder judicial, ante las demandas interpuestas, ser quien resuelva la papeleta de la labor de los otros poderes del estado, resultando que, de no existir medidas en la normativa interna, la conversión de los contratos laborales fraudulentos en fijos puede ser una medida (se refiere al ámbito laboral) .

4. Por ello, la solución a los abusos en la utilización fraudulenta de vínculos temporales deberá abordarse nuevamente por los poderes internos españoles (legislativo, ejecutivo y judicial) en el ámbito de sus respectivas competencias Por ello, como ya dijimos hace días, desde INSUCAN instamos a la administración educativa canaria, así como al resto de poderes del Estado, a cumplir y ejecutar dicha Sentencia con la finalidad de la salvaguarda de los legítimos y justos derechos de los empleados públicos, funcionarios interinos de larga duración, a los que la Administración ha venido sometiendo a un uso abusivo de las contrataciones / nombramientos temporales. Se tiene que modificar y adecuar la normativa vigente que ampare el cumplimiento de los mandatos que, desde Europa, se vienen realizando.

Europa viene a decir a España, con décadas de retraso, lo que siempre ha sido el objetivo fundamental de nuestro sindicato y por el cual nacimos hace 22 años: LAFIJEZA DE LOS DOCENTES.

Europa ha señalado que los procesos de estabilización acordados por el ejecutivo y el legislativo, así como las indemnizaciones previstas en la ley 20/2021, de 28 de diciembre, son independientes de cualquier consideración relativa al carácter abusivo de la utilización de la temporalidad de los vínculos y no son medidas efectivas y disuasorias para evitar y, en su caso, sancionar la referida utilización abusiva, señalando el TJUE que le corresponde a los órganos judiciales intentar enmendar la situación actual y que si el órgano judicial español considerase que el ordenamiento jurídico interno no contiene, en el sector público, ninguna medida efectiva para evitar y, en su caso, sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos de duración determinada, incluidos los contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivamente, la conversión de estos contratos en una relación laboral de duración indefinida podría constituir tal medida.

En todo caso y en el ámbito de los funcionarios interinos, INSUCAN en garantía y defensa de los funcionarios docentes no universitarios interinos, a la espera de los pronunciamientos judiciales oportunos y de las tan necesarias modificaciones normativas que Europa conmina y que amparen los derechos de los funcionarios interinos, a través de su abogada ha redactado (con las cautelas necesarias vista la TJUE y la normativa interna) un modelo que les será facilitado a los afiliados reclamando la condición de funcionarios de carrera, señalando que aún queda camino por recorrer.

Adjudicación de destinos provisionales 2024-2025

[01/03/2024] Resolución N.º 919/2024 de 29 de febrero de 2024, de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se convoca el procedimiento de Adjudicación de destinos provisionales del curso 2024-2025 para el personal docente no universitario que presta servicios en los centros públicos dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Fecha de publicación: 1 de marzo de 2024.

Para más información, pincha en el siguiente enlace: Adjudicación de destinos 24-25

Este viernes, 1 de marzo, la Consejería publicó ,la resolución de convocatoria del procedimiento de adjudicación de destinos para el curso 2024-2025.

Plazo para solicitar comisiones de salud e intercomunitarias: del 1 al 31 de marzo, ambos inclusive.

Plazo para las solicitudes de participantes obligatorios y voluntarios en la adjudicación de destinos y el resto de comisiones: del 15 de mayo al 29 de mayo, ambos inclusive.

Plazo para el personal funcionario de carrera con plaza suprimida o desplazado de su destino definitivo: desde el 4 de junio hasta la finalización del plazo de reclamaciones.


Información sobre lo tratado en la mesa de hoy, 1 de marzo de 2024.

 

ORDEN DEL DÍA:

1. Revisión, actualización y/o modificación de la ORDEN de 10 de mayo de 2010 (modificada en 2012, 2013), por la que se establecen las normas aplicables para la provisión de puestos de trabajo vacantes con carácter provisional.

 

Nuestras propuestas a esta orden son las siguientes:

Desde Docentes de Canarias- Insucan, compartimos la resolución de 18 de enero de 2022, por la que  establecen las bases que han de regir las convocatorias, el reconocimiento y el abono de las ayudas de acción social en el ámbito de los entes del sector público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias con presupuesto limitativo y se determina el plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2022.

 

Para más información, pincha en el siguiente enlace:  Ayuda acción social

  • (Plazo de Presentación de Solicitudes desde el 1 al 29 de febrero de 2024)

Publicada Resolución N.º 883/2024 de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes por la que se nombra la Comisión Técnica que habrá de baremar los méritos de las candidaturas que concurren a un mismo centro y han superado el Proyecto de Dirección, correspondiente al procedimiento de Selección de Directores y Directoras para el periodo de mandato 2024-2028, convocado por Resolución de 21 de noviembre de 2023.

 

Másinformación en el siguiente enlace: Procedimiento de selección de directores y directoras.

Desde Docentes de Canarias Insucan queremos reivindicar, que somos el sindicato que más ha insistido en referencia a la sentencia del TJUE, ya que en la mesa sectorial del viernes fuimos los únicos en tocar dicho tema, además de haberlo hecho estos meses anteriores. Queremos recalcar que desde nuestra organización vemos que los diferentes procesos de estabilización no son nada justos en cuanto al personal docente con muchos años de antigüedad, el cual podría perder su trabajo a partir de enero de 2025. Esto es algo que llevamos a todas las mesas de negociación con la administración, y no solo lo hemos trabajado a nivel regional, sino que también lo estamos llevando a nivel nacional. No vemos que se le esté dando una solución válida y por ello, lógicamente que vemos la sentencia del TJUE como una gran oportunidad para llegar a negociar de una manera solvente y clara con la administración, puesto que hay que sentarse y llegar a un acuerdo para dar solución a esta injusticia que puede llevarse a cabo. Eso sí, debemos tener en cuenta que la línea jurídica se tendrá en cuenta, y contamos con ella de cara a todas estas negociaciones, por lo tanto todo aquel que tenga derecho a una contratación fija y esté amparado por dicha ley, podrá obtenerla, y aquel que no esté amparado, seguiremos en la lucha con él, Insucan no solo mira de cara a esta sentencia que puede hacer fijos a una parte de nuestros docentes, si no por la continuidad de todos aquellos que llevan años trabajando en la administración y que pueden quedar desamparados por los procesos de estabilización.

Insucan saldrá a la calle a manifestarse por una estabilidad laboral justa para nuestros docentes , siempre de cara a llegar a un acuerdo para negociar cuanto antes con quien haga falta, y teniendo en cuenta la línea jurídica a seguir, ya que tenemos a nuestro gabinete jurídico trabajando en todo este proceso.

 

INSUCAN saldrá a manifestarse en la concentración en La Consejería de Santa

Cruz de Tenerife el próximo 15 de marzo de 14:00 a 17:00, te esperamos.

 

 

 

DOCENTES DE CANARIAS-INSUCAN: YA ESTAMOS TRABAJANDO PARA BUSCAR UNA SOLUCIÓN INMEDIATA QUE BENEFICIE A NUESTRO PROFESORADO INTERINO EN RELACIÓN A LA SENTENCIA DEL TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea).

El jueves 22 de febrero se ha producido una sentencia en el TJUE, que obliga a España a buscar la fijeza del personal interino en fraude de ley, esta sentencia abre una puerta a la estabilización inmediata del personal docente en fraude de ley. Desde INSUCAN estamos trabajando desde la publicación de esta sentencia para establecer las vías más factibles.

A continuación, se exponen las medidas adoptadas desde nuestra organización:

  • Hemos concretado reuniones con diversos sindicatos de interinos de todo el estado español.
  • Nuestra abogada  está trabajando en el análisis de esta sentencia y sus consecuencias, así como los beneficios que se puedan obtener por el precedente      jurídico que se establece.
  • En la mesa sectorial del pasado viernes 23 de febrero, fuimos la única organización sindical que preguntó a la Administración sobre cómo va a proceder en relación a dicha sentencia. A raíz de esta pregunta planteamos la paralización de todo el Proceso de Estabilización (concurso de méritos y oposiciones no eliminatorias), hasta que se aclare qué pasará exactamente con el alcance de esta sentencia. Cabe recordar que si queda sin validez el resultado de las diferentes pruebas el personal docente que apruebe se puede ver perjudicado ante posibles impugnaciones o reclamaciones a la administración.
  • Observamos desde la estupefacción como los principales sindicatos de la región (recordemos que somos la tercera fuerza sindical) ni siquiera han preguntado a la administración por esta situación y nosotros que somos un sindicato sin representación nacional hemos abordado este tema de vital importancia desde el minuto cero. En este sentido hay que decir que llevamos desde la implantación de la Ley 20/21 solicitando la unión sindical para tratar y hacer frente común a todo lo relacionado con dicha ley, se deben tener en cuenta los aspectos técnicos de dicha ley y donde alcanzarán la estabilización las personas que cumplan el tiempo mínimo requerido que se considera en fraude de ley (3 años), sin haber logrado la unidad sindical pretendida.
  • Otra cuestión que hemos tratado con la administración es que una vez finalizado dichos procesos, ¿qué va a pasar con todo aquel profesorado que no estabilice (es decir, después que el Proceso de Estabilización) mucho antes incluso de que apareciera esta sentencia?
  • Desde nuestra organización se ha concertado una nueva reunión con el bufete de abogados “Arauz”, este bufete está especializado en esta área.
  • Se ha registrado por sede electrónica  de forma unilateral (puesto que ninguna organización sindical se unió a esta idea en la mesa sectorial del 23 de febrero), una cita con el Presidente del Gobierno de Canarias, para que nos informe de los pasos a seguir en relación a la situación actual del personal interino que se encuentra en fraude de ley, además de reclamar que se solicite con la máxima urgencia una reunión de la Comisión de Función Pública gobierno central-autonomías, para tratar este tema y sus consecuencias.

Queremos dejar claro que desde la creación de este sindicato hemos luchado por la educación pública y la fijeza de nuestros interinos, que nadie dude que lucharemos y trabajaremos lo que sea necesario para lograr la estabilidad y fijeza del profesorado interino de Canarias.

 

    

En la mesa sectorial celebrada hoy, 23 de febrero de 2024, sobre la “Resolución del Procedimiento de Adjudicación de Destinos Provisionales para el curso 2024/2025”, se han llegado a los siguientes acuerdos:

La administración aconseja que siempre, a todo aquel que quiera obtener destino, debe participar. Luego podrá renunciar si lo desea en la provisional, pero quedarán como no disponibles hasta a partir del 20 de septiembre. Recalcar también la importancia de que las solicitudes no solo sean registradas telemáticamente, sino también cerciorarse de que sean presentadas. Se elaborará un manual explicativo.

La administración se pondrá en contacto con aquellos docentes a quienes se les deniegue la comisión de salud por parte de la inspección médica, para que puedan presentar alegaciones. Luego será la propia inspección médica quien resuelva favorablemente o no dichas alegaciones.

Los proyectos que conllevan las comisiones por necesidades docentes tendrán que ser previamente informados y aprobados por el claustro y consejo escolar, y no solo a este último como anteriormente. Además, deberán ser supervisados por la CCP y la inspección educativa.

Los docentes que no hayan realizado la formación digital B1, y que previamente se habían comprometido a hacerla y matriculados por la administración en ella, no podrán prorrogar el destino en puestos singulares o de provisión voluntaria para el próximo curso.

 

Proponemos que, para el refuerzo idiomático, que la formación para la idoneidad del docente sea anterior al puesto asignado.

Demandamos también que los docentes de educación física asignados a los ámbitos de los CEPA, no puedan ser incluídos en los ámbitos, a no ser que tengan otra especialidad o formación que les habilite para poder impartir determinadas áreas. Estamos de acuerdo con respetar a aquellos docentes que llevan ya muchos años en esos puestos, pero no permitir que pueda entrar gente nueva sin la formación adecuada.

 

SE ABRE UNA PUERTA A FUTURAS NEGOCIACIONES PARA CONSEGUIR EL OBJETIVO DE LA CREACIÓN DE ESTE SINDICATO : LA ESTABILIDAD Y CONSOLIDACIÓN DE NUESTRO PERSONAL, SEGUIREMOS DEMANDANDO Y REINVINDICANDO, LLEGANDO INCLUSO A TOMAR MEDIDAS DE MANIFESTACIONES EN LOS CENTROS ESCOALRES A HORAS PUNTAS  PARA SER ESCUCHADOS, ES EL MOMENTO DE UNIÓN.

Ruegos y preguntas:

 

Nos entristece profundamente que el sindicato mayoritario en la educación pública, ANPE no haya preguntado en su turno de ruegos y preguntas sobre la sentencia conocida ayer emitida por el TJUE, que supone un varapalo para el gobierno español y afecta a todo el personal interino. Es por ello, y volvemos a insistir una vez más, en que las actas de las mesas deberían ser públicas, para que cualquier docente pueda conocerlas. ¿Qué va a ocurrir con todo esto de la sentencia? Solicitamos incluso que se paralicen los procesos de estabilización hasta que esto se aclare. La administración contesta que estudiará la noticia, debido a que es muy reciente, ya que incluso el gobierno central (competente en el tema) no ha terminado de clarificar nada. Rogamos que nuestra comunidad autónoma eleve a Madrid el tema en busca de respuestas y soluciones, y se nos informe convenientemente de todo ello. También hemos hecho un llamamiento en mesa para que haya unión sindical en este tema, y buscar reuniones con quien sea necesario.

Asimismo, y a raíz de la posibilidad que ha planteado esta sentencia hemos solicitado cita presencial con el Presidente de nuestra comunidad Fernando Clavijo para saber qué respuesta se nos va a dar a miles y miles de profesionales no sólo del área de educación sino de otras áreas que como nosotros se encuentran en esta situación. Es el momento de que se nos escuche y valore el trabajo que llevamos tantos años desempeñando y nos pongan en el lugar que merecemos.

Solicitamos también que la formación sobre riesgos laborales y cualquier otra que sea importante (como la relativa a salud mental), se abra a todo el colectivo docente, y no solo a quienes pertenecen a la red INNOVAS.

También hemos vuelto a recordar que consideramos ilógico que todos aquellos que entren en estas nuevas listas puedan ponerse automáticamente como “no disponibles”, pues volveríamos a la situación de no tener profesorado listo para ser nombrado.

La administración comunica que la próxima semana comenzarán las reuniones con los coordinadores de los tribunales, y tras esas reuniones se podrá informar mejor sobre el tema (composición, fechas, etc).

Solicitamos y rogamos de nuevo que el mantenimiento de la sede electrónica sea en horas fuera de la actividad laboral, porque nos vemos teniendo que atender a afiliados/as y no poder hacerlo por estar dicha sede electrónica inoperativa por tareas de mantenimiento.  

 

 

 

¡¡¡¡EUROPA NO HACE FIJOS!!!!,

PERO SI LO ORDENA SI NO EXISTIERA OTRA MEDIDA              

LA JUSTICIA EUROPEA NOS AVALA: LA CHAPUZA DE LEY REALIZADA POR EL GOBIERNO CENTRAL QUEDA RETRATADA

[22/02/2024] Resolución N.º 861/2024 de la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife por la que se nombran las Comisiones de Selección de los centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al procedimiento de Selección de Directores y Directoras para el periodo de mandato 2024-2028, convocado por Resolución de 21 de noviembre de 2023.

[22/02/2024] Resolución N.º 1145/2024 de la Dirección Territorial de Educación de Las Palmas por la que se nombran las Comisiones de Selección de los centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al procedimiento de Selección de Directores/as para el periodo de mandato 2024-2028, convocado por Resolución de 21 de noviembre de 2023.

Fecha de publicación: 22 de febrero de 2024.

 

Más información, en el siguiente enlace: Selección de directores y directoras

   
   

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