08-abr-20

El Consejo Escolar del Estado se ha reunido el 7 de abril de 2020.

Realiza una serie de propuestas para cada uno de los dos escenarios posibles:

A) Las clases presenciales pueden reanudarse en algún momento antes del final de curso. Propuestas del CEE

B) La evolución de la pandemia del coronavirus aconseja que las clases presenciales queden suspendidas hasta el inicio del siguiente curso. Propuestas del CEE

NOTA: El miércoles 15 de abril reunión por videoconferencia de la Conferencia Sectorial de Educación presidida por la Ministra de la Educación y Formación Profesional, Isabel Celaá, con los Consejeros de Educación de las comunidades autónomas para decidir cómo será el final del curso 2019/2020.

Acceso al documento del Consejo Escolar del Estado


Propuestas del Consejo Escolar del Estado relativas a las actuaciones en educación que convendría adoptar como consecuencia de la situación creada por la pandemia de coronavirus y el estado de alarma decretado por el Gobierno

La suspensión de las clases presenciales provocada por la pandemia de coronavirus ha exigido un replanteamiento de las tareas de enseñanza, de aprendizaje y de trabajo del alumnado. Esta situación puede prolongarse mientras las condiciones sanitarias así lo aconsejen. En estas circunstancias, el Consejo Escolar del Estado, en cumplimiento de las atribuciones que tiene conferidas, formula al Ministerio de Educación y Formación Profesional y a las administraciones educativas de las comunidades autónomas las propuestas de actuación que se detallan a continuación y que tienen por objeto contribuir, desde la perspectiva de la comunidad educativa, al mejor aprovechamiento educativo por parte del alumnado, a la eficacia del trabajo del profesorado, a la evaluación justa y equitativa de los aprendizajes en este último trimestre y en la evaluación final del curso, así como a potenciar la participación positiva e inexcusable de las familias en estas circunstancias extraordinarias.

Estas sugerencias se agrupan teniendo en consideración que pueden darse dos escenarios diferentes. Primero, que las clases presenciales puedan reanudarse en algún momento antes del final de curso. Segundo, que la evolución de la pandemia del coronavirus aconseje que las clases presenciales queden suspendidas hasta el inicio del siguiente curso. También ha parecido oportuno distinguir entre las etapas, las enseñanzas y las opciones educativas.

 

En Enseñanzas de Régimen General (educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato y ciclos formativos de formación profesional) y Enseñanzas de Régimen Especial (enseñanzas artísticas, enseñanzas de idiomas y enseñanzas deportivas)

A) Las clases presenciales pueden reanudarse en algún momento antes del final de curso

1. El Consejo Escolar del Estado propone que, respecto a las tareas educativas para el trabajo en casa, las administraciones educativas dispongan lo necesario para que dicho trabajo y su evaluación se centren, como hasta ahora, sobre los aprendizajes básicos programados. Debe asegurarse que todo el profesorado y el alumnado puedan realizar todos los procesos de enseñanza y aprendizaje en las mejores condiciones posibles, ofreciendo desde las administraciones educativas y los centros el apoyo material y de todo tipo que necesiten, tanto al profesorado para llevar a cabo sus responsabilidades educativas de enseñanza/aprendizaje como al alumnado para llevar a cabo sus responsabilidades educativas también de enseñanza/aprendizaje. Se tendrá especialmente en cuenta a los alumnos y alumnas que por circunstancias socioeconómicas y/o familiares no gocen de los recursos tecnológicos, materiales y humanos, que les permitan un acceso equitativo y de calidad a distintas fuentes del conocimiento (físicas o virtuales).

2. Al menos desde comienzos de mayo y hasta que se reanudan las clases presenciales en algún momento antes de la finalización del curso, el Consejo Escolar del Estado sugiere que las administraciones educativas dispongan lo necesario para que las actividades de aprendizaje que se programen por parte de los centros y los docentes no impliquen el retraso del alumnado que no cuente con medios adecuados para llevarlas a cabo. El trabajo educativo se debería centrar en el repaso, profundización y afianzamiento de los contenidos y aprendizajes fundamentales de cada materia y en las competencias básicas abordadas desde el comienzo del presente curso hasta el mes de abril. Una vez reanudadas las clases presenciales, los centros y el profesorado adaptarán sus actividades lectivas a las nuevas circunstancias, a partir de una reducción y condensación de los currículos orientada al desarrollo de los aprendizajes fundamentales y las competencias básicas.

3. No obstante, para todo el alumnado cuyo profesorado considere que tiene un dominio suficiente, en las evaluaciones realizadas hasta ese momento, de los contenidos y aprendizajes fundamentales y, en su caso, de las competencias, se propondrán tareas de profundización y ampliación de los aprendizajes fundamentales.

4. Las evaluaciones estarán basadas en el grado de adquisición por parte del alumnado de los objetivos educativos, los contenidos, aprendizajes y competencias señalados y trabajados, tanto en casa por el alumnado durante el confinamiento, como en las clases presenciales a partir del momento que éstas pudieran realizarse. Las tareas educativas llevadas a cabo en casa, se propone sean evaluadas desde planteamientos de valoración de los desempeños desarrollados, mediante informes personalizados del alumnado, atendiendo a sus condiciones tecnológicas y de conectividad para la creación del conocimiento (la brecha digital no puede ser la causa de una evaluación negativa de los aprendizajes y las competencias).

5. La evaluación del tercer trimestre en cada una de las materias, si resulta positiva, se entenderá, siempre que sea posible, como recuperación de las anteriores para aquellos alumnos que tuvieran una o las dos insuficientes. En cualquier caso, la evaluación final tendrá en consideración las evaluaciones de los tres trimestres. Hay que garantizar, en todo caso, que todos los alumnos y las alumnas puedan realizar en igualdad de condiciones todas las tareas y evaluaciones programadas. El Consejo Escolar del Estado considera que, en estas circunstancias especiales de la pandemia, la evaluación final negativa y la repetición deben ser también recursos realmente extraordinarios, mesurados y siempre adoptados por el equipo docente; debe asegurarse que ningún estudiante pierda el curso por la situación creada por el coronavirus. En ningún caso la no realización de las tareas en casa servirá para perjudicar al alumnado que no ha podido realizarlas de forma adecuada.

 

B) La evolución de la pandemia del coronavirus aconseja que las clases presenciales queden suspendidas hasta el inicio del siguiente curso. El Consejo Escolar del Estado propone lo siguiente:

6. Que sean de aplicación los procedimientos previstos en el caso anterior para las enseñanzas y el trabajo de las alumnas y alumnos. Asimismo, propone que las administraciones educativas dispongan las medidas necesarias para que todo el alumnado pueda ser evaluado del tercer trimestre desde su lugar de residencia, de modo telemático o de cualquier otro modo, siempre que fuera imposible o netamente desaconsejado por las autoridades sanitarias realizar una evaluación en las aulas y que no suponga en ningún caso, una discriminación derivada de diferencias socioeconómicas de acceso al conocimiento. Se propone también que la evaluación final del curso se atenga a las mismas precisiones y procedimientos señalados en el apartado A).

7. En este supuesto de no reanudación de las clases presenciales, el Consejo Escolar del Estado propone que se adapten las medidas de finalización de 4.º curso de la ESO y la obtención del título correspondiente para que rijan los mismos planteamientos comentados en el apartado A. Asimismo, propone que se adapten las medidas de finalización de 2.º curso de bachillerato y la obtención del título correspondiente en el mismo sentido.

8. La evaluación final de 4.º de la ESO tendrá en consideración las evaluaciones de los dos primeros trimestres y la del tercero, evaluación esta que será entendida del modo indicado con anterioridad y, en consecuencia, permitirá la obtención del título de graduado en ESO.

9. Igualmente, la evaluación final de 2.º de bachillerato en cada una de las materias tendrá en consideración las evaluaciones de los dos primeros trimestres y la del tercero, evaluación ésta que será considerada, en el caso de que resulte positiva, como recuperación de las dos anteriores y, en consecuencia, permitirá la obtención del título de bachillerato y habilitará para realizar las pruebas de acceso a la universidad.

 

Pruebas de Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad

10. El Consejo Escolar del Estado considera que, una vez establecidas nuevas fechas de la EBAU en cada Comunidad Autónoma, dentro del nuevo marco temporal acordado en la Conferencia Sectorial de Educación del pasado 25 de marzo, convendría revisar la evolución de la pandemia. Por esta razón, el Consejo Escolar del Estado estudiará de nuevo el 5 de mayo si es necesario hacer una nueva propuesta sobre la EBAU.

11. Respecto a dicha prueba, se solicita que las autoridades educativas competentes fijen de manera urgente la estructura concreta y los temarios de la EBAU, siguiendo criterios compartidos por todas las comunidades autónomas, para evitar posibles discriminaciones. Se trata de garantizar para todos los alumnos y alumnas del sistema educativo español las mismas condiciones de igualdad y justicia en la aplicación de las EBAU, ya que habilitan también en igualdad de condiciones a las distintas universidades españolas. El calendario de realización de las pruebas se adaptará para garantizar el acceso del alumnado con la debida seguridad según las indicaciones de las autoridades sanitarias.

 

En los Ciclos Formativos

12. El Consejo Escolar del Estado sugiere que en los trabajos y actividades correspondientes a todos los módulos diferentes a la Formación en Centros de Trabajo, encomendadas para el trabajo en casa, equivalentes a las del bachillerato, se adopten las mismas medidas de trabajo, evaluación y promoción de curso que las descritas para esas enseñanzas en los distintos casos.

13. La Formación en Centros de Trabajo se adaptarán en cada título, de manera que se pueda titular en el presente curso y acceder a niveles superiores. Se procurará, a la vez, que no se resientan los aprendizajes esenciales que debe adquirir el alumnado para el desempeño futuro de sus tareas profesionales. Este proceso, en el caso de los ciclos formativos de grado superior, se acompasará con el calendario de las pruebas de acceso a la universidad, para que todo el alumnado que deseé acceder a la misma pueda hacerlo.

14. Que en todos aquellos ciclos formativos en los que la Formación en Centros de Trabajo pueda desarrollarse, totalmente o en su mayor parte de forma telemática, dichas prácticas se realicen por esta vía y sean reconocidas a todos los efectos. Para los casos en que no pueda realizarse de forma telemática con las medidas propuestas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, que su duración se reduzca al mínimo de horas que la legislación permite, y en el caso en que no pudieran realizarse, se convaliden por la superación del módulo de proyecto, para que ningún alumno o alumna pueda ver perjudicada su titulación por las excepcionales circunstancias actuales.

 

En Educación Especial

15. En relación al impacto que está generando el COVID-19 sobre las diferentes actividades y servicios de atención a la discapacidad y al alumnado con necesidades educativas especiales, el Consejo Escolar del Estado considera que es necesario que las administraciones públicas faciliten los medios materiales para la prevención del contagio (equipos de protección individual, realización de test a la plantilla de los centros, etc.) y aseguren el refuerzo de las plantillas y del personal sanitario, así como una mayor coordinación con el sistema público de salud. Del mismo modo, es preciso que se facilite el acceso a recursos especiales (como materiales y aplicaciones) para que el alumnado con necesidades educativas especiales puedan recibir la formación a distancia con las adaptaciones necesarias. Proponemos igualmente que las medidas anteriores se extiendan con carácter prioritario a los centros específicos de educación especial, para la protección de los trabajadores que realizan aquellas actividades declaradas como esenciales. Igualmente se debe atender a los centros y trabajadores que prestan servicios en atención temprana, así como garantizar una interlocución de la administración pública con las entidades que representan el sector de atención a personas con discapacidad.

 

Propuestas de carácter general

16. El Consejo Escolar del Estado sugiere que las pruebas extraordinarias para todos los cursos, en caso de que se consideren imprescindibles en las distintas etapas educativas, se realicen en septiembre, con el fin de aprovechar al máximo el tiempo de actividad lectiva en el mes de junio, sea esta a distancia o presencial.

17. El Consejo Escolar del Estado entiende que no se deben prolongar clases o evaluaciones en el mes de julio. Hay que tener en consideración que el profesorado, el alumnado y las familias están haciendo un esfuerzo para seguir el curso con la formación no presencial; ahora no están de vacaciones y la carga psicológica que han tenido que soportar también exige un tiempo normal de descanso. Habría que tener en cuenta, además, los inconvenientes que podría suponer esta medida para la programación de las vacaciones y la conciliación familiar.

18. En atención al alumnado más vulnerable, es imprescindible garantizar en todos los centros del sistema educativo español, sin distinción, el mantenimiento de todos los docentes, personal complementario y de apoyo, personal de administración y servicios, así como los sistemas de provisión de sustituciones, pues en estas circunstancias son necesarios. Las ausencias de profesorado, por situaciones de incapacidad temporal no puede limitar la atención educativa a aquellos alumnos y alumnas que no dispongan de un tutor de referencia, por lo que los llamamientos del personal sustituto deben seguir funcionando en aquellos casos en los que las direcciones de los centros determinen.

19. El Consejo Escolar del Estado propone que todas las medidas anteriores, como cualesquiera otras que pudieran adoptarse para garantizar la mejor formación y la equidad y justicia en la evaluación del alumnado, deberían ser comunes para todo el sistema educativo español. Las medidas anteriores se adaptarán a la estructura y régimen singularizados de los centros españoles en el exterior que dependen del Ministerio de Educación y Formación Profesional y a lo dispuesto en los convenios internacionales para estos centros.

20. Sería conveniente que las administraciones competentes provean los recursos materiales y tecnológicos con una planificación previa para que dichos recursos lleguen a la mayor brevedad posible. Asimismo, tomando como referencia el principio de atención a la diversidad, y considerando los recursos que tiene a su alcance, las administraciones deberán procurar que cada alumno y alumna cuenten con los materiales y la ayuda necesarios para seguir avanzando en su progreso escolar en base a sus necesidades.

21. Igualmente, el Consejo Escolar del Estado reitera todos los puntos contenidos en la propuesta aprobada por la Comisión Permanente del viernes 20 de marzo, que se une a la presente propuesta.

22. Otra consecuencia de la actual situación, y debido a la celeridad de los acontecimientos, es la iniciativa que están demostrando muchos centros educativos y muchos docentes a la hora de solucionar los problemas y las dificultades que van surgiendo. Se está dando una mayor autonomía de los centros como ideal educativo defendido frecuentemente, si bien en un entorno de gran dificultad. Sería conveniente que las autoridades educativas actúen con flexibilidad y de modo constructivo, favoreciendo esas nuevas formas de trabajar, dentro del marco legal, así como organizando, dando publicidad y coordinando iniciativas para que todos los esfuerzos caminen en una misma dirección.

23. Finalmente, el Consejo Escolar del Estado solicita encarecidamente a todas las autoridades, a las administraciones públicas y a los medios de comunicación que promuevan el reconocimiento público del esfuerzo de los educadores, de las familias y de todos los alumnos y alumnas escolarizados en todos los centros de sistema educativo español (públicos, concertados y privados sin concertar) por mantener en pie el proceso educativo en unas condiciones tan inesperadas y adversas como las que estamos viviendo.

 

 

 

Escribir un comentario


Código de seguridad
Refescar

   
© Insucan